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Articulo �nico Modificación de el Decreto-ley 5/2023 -concesión de una ayuda directa a titulares de explotaciones bovinas de Extremadura que hayan notificado sospecha de enfermedad hemorrágica epizoótica-

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Modificar el artículo 2 del Decreto-ley 5/2023, de 14 de noviembre, de concesión de una ayuda directa a titulares de explotaciones bovinas de la comunidad autónoma de Extremadura que hayan notificado sospecha de enfermedad hemorrágica epizoótica en 2023.

Se modifica el artículo 2, que queda redactado del siguiente modo:

"Artículo 2. Dotación presupuestaria y financiación de las ayudas.

Las ayudas se financiarán dentro de la sección 12 Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible , Servicio 002 Dirección General de Agricultura y Ganadería , Programa 312A "Sanidad Vegetal y Animal", Subconcepto 47000 "Transferencias corrientes a empresas privadas", por los siguientes Fondos y Proyectos: Fondo CAG0000001 "Comunidad Autónoma" y Proyecto 20230440 "Ayuda concesión directa a explotaciones ganaderas CAEX", por importe de 7.059.710 euros.

El otorgamiento de las subvenciones estará sujeto a la existencia de crédito y limitado por las disponibilidades presupuestarias".