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Articulo �nico Modificación de la Ley 5/2002, del Consejo Consultivo

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Se modifica la letra e) del subapartado D) del apartado 1 del artículo 11 de la Ley 5/2002, de 3 de junio, del Consejo Consultivo de Canarias, que queda redactada en los siguientes términos:

"e) Reclamaciones que se formulen en materia de responsabilidad administrativa patrimonial cuya cuantía sea igual o superior a 6.000 euros."