Articulo �nico Modificación de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de cabildos insulares
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»Artículo único.- Modificación de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares.
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La Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares, queda modificada en los siguientes términos:
Uno. Se modifica el apartado 2 del artículo 61 que queda redactado en los siguientes términos:
2. Los miembros del consejo de gobierno insular están sujetos al régimen de incompatibilidades establecido en la Ley orgánica de régimen electoral general y en la legislación básica de régimen local .
Dos. Se modifica el artículo 92 que queda redactado en los siguientes términos:
La moción de censura y la cuestión de confianza se regirán por lo establecido en la Ley Orgánica de Régimen Electoral General.
