Articulo �nico Modificación de la Ley Foral 19/1992, del IVA de Navarra
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»Artículo único. Modificación de la Ley Foral 19/1992, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
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El artículo 17.1.15.º de la Ley Foral 19/1992, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, queda redactado con el siguiente contenido:
"15.º Las operaciones de seguro, reaseguro y capitalización.
Asimismo, los servicios de mediación, incluyendo la captación de clientes, para la celebración del contrato entre las partes intervinientes en la realización de las anteriores operaciones, con independencia de la condición del empresario o profesional que los preste.
Dentro de las operaciones de seguro se entenderán comprendidas las modalidades de previsión."
