Articulo �nico Plan básico autonómico
- El presente decreto y el plan que éste aprueba entrarán en vigor de conformidad con lo previsto en el art. 82 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y el art. 199 del Reglamento de dicha ley, aprobado por el Decreto 143/2016, de 22 de septiembre.
Artículo único. Aprobación del Plan básico autonómico de Galicia
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1. Se aprueba definitivamente el Plan básico autonómico de Galicia, de acuerdo con la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y con el Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de dicha ley, integrado por los seguientes documentos:
a) Memoria justificativa de sus fines, objetivos y determinaciones.
b) Planos de delimitación de los ámbitos de aplicación de los instrumentos de ordenación del territorio.
c) Planos de delimitación de las afecciones sectoriales.
d) Plano de identificación de los asentamientos de población.
e) Ordenanzas tipo de edificación y uso del suelo.
f) Catálogo.
2. La normativa y las ordenanzas del Plan básico autonómico se incorporan como anexo a este decreto.
3. El contenido íntegro del Plan básico autonómico está disponible en las siguientes direcciones electrónicas:
Descargas: http://mapas.xunta.gal/visores/descargas-pba/
Visor: http://mapas.xunta.gal/visores/pba/
