Articulo �nico Se prorrogan para el año 2013 determinadas medidas urgentes en materia de personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra previstas en la Ley Foral 13/2012, de 21 de junio
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»Artículo único.-Prórroga para el año 2013 de determinadas medidas urgentes en materia de personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra previstas en la Ley Foral 13/2012, de 21 de junio.
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Se prorrogan para el año 2013 las medidas urgentes en materia de personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra previstas para el año 2012 en los artículos 1, 5, 6 y 8, de la Ley Foral 13/2012, de 21 de junio, con las modificaciones del artículo 1 previstas en las disposiciones finales primera y segunda de esta Ley Foral.
Quedan restablecidos los créditos reconocidos a las organizaciones sindicales, en los términos vigentes antes de su reducción por la Ley Foral 13/2012 de 21 de junio.
