Articulo �nico de RESOLUCIÓNconjuntade8deagostode2014,delaDirecciónGeneraldeEvaluaciónyReformaAdministrativaydelaDirecciónGeneraldelaFunciónPública,porlaquesedictanlasinstruccionesrelativasaldesarrollodelaOrdende20dediciembrede2013porlaqueseregulanlaacreditación,lajornadayelhorariodetrabajo,laflexibilidadhorariayelteletrabajodelosempleadospúblicosenelámbitodelaAdministracióngeneralydelsectorpúblicodelaComunidadAutónomadeGalicia.
Primera. Criterios de carácter general
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A efectos de la presente instrucción, se tendrán en cuenta los siguientes aspectos de carácter general:
• Jornada de trabajo no justificada:
Se entiende por jornada de trabajo no justificada la que se obtiene de restar a la jornada de trabajo fijada la efectivamente realizada, teniendo en cuenta las oportunas compensaciones y justificaciones.
Las justificaciones a las que hace referencia el artículo 12 de la orden deberán realizarse con carácter inmediato, en el mismo día en que se produzcan, salvo causas de fuerza mayor.
• Control horario:
El control horario tiene por objeto verificar el cumplimiento de la jornada establecida. A tal efecto, todo el personal empleado público deberá efectuar el fichaje en su ordenador, con la tarjeta de acreditación del personal, al inicio y final de la jornada laboral o, en su caso, con los medios que le faciliten para ello.
Este control horario debe efectuarse mediante el sistema electrónico implantado por la Xuntade Galicia (Kronos).
No obstante, en aquellas dependencias en las que, a la fecha de entrada en vigor de la orden, no esté implantado el sistema electrónico de control horario Kronos, el control horario se realizará a través de los sistemas de control existentes o, en su defecto, en base a partes diarios de firma manuscrita del personal en los que se reflejarán, como mínimo, los siguientes datos: el nombre del trabajador o trabajadora, la denominación del puesto de trabajo que ocupa, la denominación de la unidad administrativa y del centro directivo del que depende dicho puesto de trabajo, así como una identificación de las horas de inicio y final de la jornada laboral diaria que realiza cada empleado o empleada de cada unidad administrativa. Asimismo, se reflejarán, en su caso, los correspondientes incidentes en materia de cumplimiento horario diario de cada trabajador o trabajadora.
No será impedimento para disfrutar de un horario flexible, en cualquiera de las dos modalidades, o del teletrabajoel hecho de no tener implantado el sistema Kronosen la unidad donde se presten servicios.
En las jornadas que se desarrollen en régimen de teletrabajo, no será necesario efectuar el fichaje toda vez que su desarrollo se llevará a cabo en función de los objetivos señalados por la unidad.
• Tiempo para efectuar los fichajes:
De conformidad con lo establecido en el artículo 6.6 de la orden, diariamente se dispondrá de 10 minutos para efectuar los fichajes de entrada y salida, que se computará como tiempo de trabajo efectivo.
Estos 10 minutos serán computados en los tres supuestos de horario laboral que regula la orden (oficial, flexible y especiales) al ser la estimación del tiempo medio que se precisa para encender su equipo, acceder a la aplicación Kronosy efectuar el fichaje.
En caso de tener que efectuar más de dos fichajes al día, los minutos para efectuar los fichajes siguen siendo 10 minutos, en total, al día.
En ningún caso estos 10 minutos serán acumulables (utilizados en otro día), ya que su empleo es diario.
• Pausa descanso:
Diariamente, durante la jornada de trabajo se podrá disfrutar de una pausa por un período máximo de 30 minutos, que se computará como tiempo de trabajo efectivo.
• Información a las organizaciones sindicales presentes en la Mesa General de Negociación de la Xuntade Galicia.
Periódicamente, la Administración facilitará a las organizaciones sindicales información relativa a las comunicaciones de flexibilidad automática, solicitudes de flexibilidades por conciliación y de teletrabajo, así como la relativa a las denegaciones, revocaciones o suspensiones que puedan producirse. Dicha información, como mínimo, deberá incluir la denominación del puesto de trabajo y, en el caso de denegación, revocación o suspensión, su motivación.
