Articulo �nico TR. Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones
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»Artículo único. Aprobación del texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones.
Vigente
Se aprueba el texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones que se inserta a continuación.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-12-2002 en vigor desde 14-12-2002