Articulo �nico El que se designa al Departamento de Medio Ambiente como organo competente a efectos de lo dispuesto en la Ley de Conservacion de la Fauna Silvestre en los parques zoologicos
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El órgano competente en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, a efectos de lo dispuesto en la Ley 31/2003, de 27 de octubre, de conservación de la fauna silvestre en los parques zoológicos será el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.

