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Articulo �nico Reglamento de bienes de las entidades locales -Vigente-

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Se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades locales, cuyo texto se inserta a continuación.

Dado en Madrid a 13 de junio de 1986.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Administración Territorial,

FÉLIX PONS IRAZAZABAL