Articulo único -CNMV- Folleto de instituciones de inversión colectiva y registro del documento con datos fundamentales para el inversor
Norma adicional primera. Comunicación del nombramiento y cese de los miembros del Consejo de Administración, Directores Generales o asimilados de sociedades de inversión.
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Copiloto jurídico
1. Las sociedades de inversión o, en su caso, sus sociedades gestoras o entidades que ostenten su representación, enviarán a la CNMV por vía telemática, de conformidad con las instrucciones y especificaciones técnicas establecidas en cada momento por la CNMV, la composición, fecha de nombramiento y fecha de cese de los miembros de su consejo de administración, directores generales o asimilados.
Dicha información deberá ser remitida dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de aceptación del nombramiento, o a la fecha del cese o dimisión, de los miembros del consejo de administración, directores generales o asimilados.
2. Con carácter excepcional, la información a la que se refiere esta norma podrá presentarse por vía distinta a la telemática cuando lo autorice la CNMV y previa solicitud justificada de la sociedad de inversión o, en su caso, su sociedad gestora o entidad que tenga su representación.
3. Las sociedades de inversión o, en su caso, sus sociedades gestoras o entidades que tengan su representación, están obligadas a mantener y custodiar los documentos acreditativos relativos a la información anteriormente citada, que deberá estar a disposición de la CNMV en todo momento.
