Articulo único Derecho a la vivienda
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Primera. Adquisición de viviendas de promoción directa destinadas al arrendamiento.

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(DEROGADO)

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La Administración de la Comunidad de Castilla y León favorecerá el acceso a la propiedad de las viviendas de su titularidad destinadas a arrendamiento a los arrendatarios de las mismas, deduciendo del precio de venta los importes abonados en concepto de renta y en los términos que se determinen reglamentariamente.

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