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Articulo único Se establecen directrices para la aplicación de cláusulas de carácter social en la contratación de la Administración de la Generalitat y su sector público, así como en materia de subvenciones

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El presente acuerdo tiene por objeto establecer unas directrices de política general para la aplicación de cláusulas de carácter social en la contratación de la Administración de la Generalitat y su sector público, así como en materia de subvenciones de la Administración de la Generalitat, respetando la competencia de los órganos de contratación de la Generalitat, así como la de los órganos gestores de subvenciones.

A los efectos del presente acuerdo, se entiende por cláusulas sociales aquellas que establecen la inclusión de aspectos de política social en los procedimientos de contratación pública y en el otorgamiento de ayudas y subvenciones.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-04-2015 en vigor desde 22-04-2015