Articulo único modifica e...electoral-

Articulo único modifica el RD. 1799/2003 -contenido de las listas electorales y de las copias del censo electoral-

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Artículo único. Modificación del Real Decreto 1799/2003, de 26 de diciembre, por el que se regula el contenido de las listas electorales y de las copias del censo electoral.

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Se agrega un nuevo párrafo al artículo 5. Copias del censo electoral: «En las copias para las Juntas Electorales de Zona se incluirá el número del identificador personal: Documento Nacional de Identidad, pasaporte o inscripción en el Registro Central de Extranjeros.»