Articulo único Modificación de la Ley Foral 6/1990, de Administración Local
Artículo único.
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Se modifica la letra d) del apartado 2 del artículo 192 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, que pasará a ser del tenor literal siguiente:
"d) Sociedad mercantil local, cuyo capital social sea de titularidad pública y mayoritariamente de la propia entidad local o de un ente público de la misma".
Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de S.M. el Rey, esta ley foral, ordeno su inmediata publicación en el Boletín Oficial de Navarra y su remisión al Boletín Oficial del Estado y mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.
Pamplona, 6 de febrero de 2023.-La presidenta de la Comunidad Foral de Navarra, María Chivite Navascués.
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