Articulo único TR de la Legislación en materia de Aguas
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Articulo único TR. de la Legislación en materia de Aguas

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1. Este Decreto Legislativo se dicta en cumplimiento del mandato establecido en la disposición final cuarta de la Ley 31/2002, de 30 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.

2. Se aprueba el Texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña, cuyo texto se publica a continuación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 21-11-2003 en vigor desde 22-11-2003