Base 11 Subvenciones a pymes comerciales afectadas por la crisis del COVID
Base undécima.- Justificación y pago.
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1.- Las subvenciones serán concedidas y pagadas previa justificación de haber realizado el proyecto. Dicha justificación se llevará a cabo en el momento de la presentación de la solicitud de la subvención, mediante la aportación de la correspondiente cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto, incluyendo, bajo responsabilidad del declarante los siguientes documentos:
a) Una memoria de actuación, justificativa del proyecto de inversión ejecutado conforme al diagnóstico de necesidades presentado, con descripción detallada del mismo y de los resultados obtenidos, conforme al modelo que se incluirá como anexo a las convocatorias.
b) Una memoria económica, justificativa del coste del proyecto realizado, que contendrá:
I. Relación detallada de las facturas o documentos equivalentes correspondientes a los gastos ejecutados y para los que se solicita la subvención, con indicación de su número, acreedor, concepto, importe sin IVA, fecha de emisión y fecha de pago, conforme al modelo que se incluirá como anexo a las convocatorias.
II. Facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, incorporados en la relación a que se hace referencia en el punto I; las facturas presentadas deberán cumplir los requisitos exigidos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, siendo rechazadas las que no se ajusten al mismo; se tendrán por no presentadas las facturas o documentos equivalentes de aquellos proveedores y/o conceptos no incluidos en la relación a que hace referencia el punto I; las facturas o documentos equivalentes deberán describir con claridad y precisión los bienes y servicios facturados e indicar, salvo en el supuesto de la adquisición de vehículos, la dirección del establecimiento comercial donde se ha llevado a cabo el proyecto subvencionado.
III. Documentación acreditativa del pago de las facturas o documentos equivalentes, que deberá cumplir los siguientes requisitos:
i. Si el documento acredita un cargo en cuenta, éste deberá indicar la fecha de valor del pago, el beneficiario y ordenante del pago y el concepto en que se ordena el pago, haciendo referencia al número de factura o documento que corresponde.
ii. En el supuesto de que el pago se haya efectuado mediante la entrega a los proveedores de un efecto mercantil, éste deberá estar garantizado por una entidad financiera o compañía de seguros o hacerse efectivo con anterioridad al vencimiento del plazo de justificación de la subvención.
iii. En el supuesto de que el pago se haya realizado en efectivo, siempre dentro de los límites establecidos para dichos pagos en el artículo 7 de la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude, éste se acreditará mediante recibí que responderá al modelo que se incluirá como anexo a las correspondientes convocatorias y deberá estar firmado por el representante de la empresa proveedora; conforme al citado precepto, a los efectos del cálculo de dichos límites, se sumarán los importes de todas las operaciones o pagos en que se haya podido fraccionar la entrega de bienes o la prestación de servicios.
iv. En el supuesto de que la adquisición de vehículos haya sido financiada a través de un contrato de préstamo o crédito de financiación gestionado a través de la empresa proveedora, documentación que acredite la formalización del contrato así como los fondos efectivamente percibidos por la empresa proveedora.
v. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, los documentos que acrediten pagos a cuenta deberán ir acompañados de las correspondientes facturas, que deberán ser incorporadas en la relación a que hace referencia el punto I.
IV. Declaración responsable de otros ingresos que hayan financiado el proyecto subvencionado con indicación del importe y su procedencia y de las ayudas de minimis recibidas durante el ejercicio fiscal en curso y los dos ejercicios fiscales anteriores, con indicación de su procedencia, importe, fecha de concesión y fecha de pago, conforme al modelo que se incluirá como anexo a las convocatorias.
V. Declaración responsable con el compromiso de llevar a cabo la debida publicidad del carácter público de la financiación del proyecto en los términos establecidos en la base segunda, conforme al modelo que se incluirá como anexo a las convocatorias.
2.- Asimismo, el beneficiario de la presente subvención deberá acreditar:
a) Que está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y que no mantiene deudas o sanciones de naturaleza tributaria en período ejecutivo con la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León en los siguientes términos:
- Mediante certificación emitida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, salvo autorización expresa a la Administración de la Comunidad de Castilla y León, conforme a lo establecido en el modelo de solicitud, a consultar o recabar mediante las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, dicha circunstancia.
- Mediante certificación emitida por el órgano competente de encontrarse al corriente de sus obligaciones frente a la Seguridad Social, teniendo en cuenta que con la firma de la solicitud se autoriza a la Administración de la Comunidad de Castilla y León a consultar o recabar mediante las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, dicha circunstancia. En caso de oposición del interesado, este deberá aportar dicha certificación.
- Mediante declaración responsable, conforme a lo indicado en el modelo de solicitud que se establecerá en las convocatorias, de no mantener deudas o sanciones de naturaleza tributaria en período ejecutivo con la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León.
b) Que no está incurso en las prohibiciones a que se refiere el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, mediante la aportación de una declaración responsable conforme al modelo que se incluirá como anexo a las convocatorias.
c) La observancia o la no sujeción a la obligación del cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad que se acreditará mediante la aportación de la documentación que se determine en las convocatorias; la exención, en su caso, de la referida obligación se acreditará con la presentación de la resolución dictada por el organismo competente autorizando la misma.

