Base 18 Modelo de bases para convocatorias de pruebas de acceso a Agente de Policía Local
Base decimoctava.- Baremo de méritos para las personas aspirantes del turno libre.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
18.1. MÉRITOS.
1.- Conocimientos profesionales: Se valorará en este apartado el estar en posesión de títulos, diplomas o certificados de conocimientos de relevancia para la profesión policial, tales como criminología, atestados, educación vial, técnica policial, etc.
1.1. Los títulos, diplomas o certificados deberán estar expedidos dentro de los cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de la convocatoria, por entidades públicas (universidades públicas o privadas homologadas, ministerios, Policía Nacional, Guardia Civil, comunidades autónomas o entidades Locales) y deberán hacer constar el número de horas o créditos (equivalente cada uno a 10 horas lectivas), la existencia y superación de pruebas de evaluación y el programa general de materias impartidas.
No se computarán los documentos que acrediten haber superado contenidos propios de asignaturas correspondientes a titulaciones universitarias.
1.2. La condición de personal de seguridad privada se valorará en este apartado conforme a la siguiente tabla, y se acreditará con tarjeta de identidad profesional, correspondiente.
| HABILITACIÓN | PUNTUACIÓN |
| Vigilante de seguridad | 0,60 |
| Escolta privado | 0,70 |
| Jefe de seguridad/Director de seguridad | 0,75 |
| Detective privado | 0,75 |
1.3. La puntuación máxima en este apartado, incluida la condición de personal de seguridad privada, será de 2 puntos, adecuándose a la siguiente tabla:
| N.º DE CRÉDITOS O DURACIÓN | PUNTUACIÓN |
| Más de 60 créditos o 600 horas | 1,50 |
| Más de 20 créditos o 200 horas | 1,00 |
| Entre 101 y 200 horas | 0,75 |
| Entre 61 y 100 horas | 0,50 |
| Entre 31 y 60 horas | 0,25 |
| Entre 20 y 30 horas | 0,10 |
2.- Servicios prestados a las administraciones públicas: Se valorarán los servicios prestados en cualquier administración pública, tanto como personal funcionario (incluido el período como personal funcionario en prácticas, en su caso), personal laboral o interino. Se acreditarán mediante certificación de servicios expedida por la administración de que se trate. La puntuación máxima será de 2 puntos, de acuerdo con la siguiente tabla:
| CLASE DE SERVICIOS | PUNTOS POR MES DE SERVICIO |
| Servicios en fuerzas y Cuerpos de seguridad y Fuerzas Armadas. | 0,02 |
| Otros servicios en administraciones públicas relacionados con la profesión policial. | 0,01 |
3.- Servicios de protección civil: Se valorarán los servicios de voluntariado de protección civil, a razón de 0,01 puntos por cada 100 horas de servicio, certificadas por el responsable municipal del servicio de protección civil de la Localidad en que hayan sido prestadas. La puntuación máxima será de 1 punto.
4.- Idiomas: Se valorará el conocimiento de idiomas extranjeros, mediante acreditación de escuelas oficiales de idiomas, centros reconocidos oficialmente u homologados, según Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre, por el que se fijan las exigencias mínimas del nivel básico a efectos de certificación, se establece el currículo básico de los niveles Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1, y Avanzado C2, de las Enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la L.O. 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se establecen las equivalencias entre las Enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas en diversos planes de estudios y las de este real decreto.
La puntuación máxima será de 2 puntos, de acuerdo con la siguiente tabla:
| NIVEL DEL MARCO COMÚN DE REFERENCIA EUROPEA PARA LENGUAS | PUNTOS POR IDIOMA |
| B1 intermedio | 0,25 |
| B2 intermedio | 0,50 |
| C1 usuario competente | 0,75 |
| C2 usuario competente | 1,00 |
5.- Socorrismo: Se valorará estar en posesión de algún título, diploma, certificado o equivalente, expedido o renovado dentro de los cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de la convocatoria, por autoridad competente de cualquier organismo, institución de carácter oficial o legalmente reconocida al efecto, federación deportiva etc., que certifique y garantice los conocimientos en materia de salvamento, socorrismo, primeros auxilios o socorrismo acuático, de acuerdo con la siguiente tabla. La puntuación máxima en este apartado será de 0,25 puntos.
| DIPLOMA O CERTIFICADO | PUNTOS |
| Primeros auxilios | 0,10 |
| Primeros auxilios y soporte vital básico | 0,15 |
| Socorrista acuático | 0,10 |
6.- Defensa Personal: Se valorará estar en posesión de conocimientos en materias de artes marciales, amparadas por el Consejo Superior de Deportes o federaciones deportivas, y se valorará mediante la documentación que acredite estar en posesión del cinturón que corresponda. No se valorarán cinturones obtenidos hace más de diez años, contados desde la fecha de la presente convocatoria, salvo que se acredite su renovación o vigencia. La puntuación máxima será de 1 punto, valorándose solamente el de mayor categoría dentro de cada disciplina:
| CINTURÓN | PUNTOS |
| Cinturón naranja o verde | 0,10 |
| Cinturón azul o marrón | 0,20 |
| Cinturón negro | 0,35 |
| DAN (cualquier nivel) | 0,45 |
7.- Titulación académica: Se valorará estar en posesión de titulación superior a la exigida en la convocatoria. La puntuación máxima será de dos puntos.
| TITULACIONES SEGÚN MARCO ESPAÑOL DE CUALIFICACIONES PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR | CIENCIAS SOCIALES O JURÍDICAS | OTRAS RAMAS |
| NIVEL 1 (TÉCNICO SUPERIOR) | 0,60 | 0,40 |
| NIVEL 2 (GRADO) | 0,70 | 0,50 |
| NIVEL 3 (MASTER) | 0,80 | 0,60 |
| NIVEL 4 (DOCTOR) | 1,00 | 0,80 |
En la misma rama de estudios, solamente se valorará la titulación superior de las obtenidas.

