Base 3 Modelo de bases pa...icía Local

Base 3 Modelo de bases para convocatorias de pruebas de acceso a Agente de Policía Local

Ver Indice
»

Base tercera.- Requisitos de las personas aspirantes.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


3.1. Para tomar parte en el procedimiento selectivo por el turno libre, será necesario reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española.

b) Tener dieciocho años de edad, referida al día en que finalice el plazo de presentación de instancias y no superar la edad que para la jubilación forzosa se determine en la legislación vigente en materia de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Si los dieciocho años se cumplen el día en que finalice el plazo de presentación de la solicitud, se entenderá cumplido este requisito.

c) Estar en posesión o en condiciones de obtener la titulación de bachiller, técnico o título equivalente que permita el acceso al grupo C, subgrupo C1, de los previstos en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

d) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

f) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.

g) Tener una estatura mínima de 165 centímetros los hombres y 160 centímetros las mujeres.

h) Estar en posesión de los permisos de conducir vehículos de motor de las clases A-2 y B.

i) Presentar declaración jurada de compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la ley.

j) Acreditar la aptitud física precisa mediante la presentación, en la fecha y lugar de realización de las pruebas físicas, de un certificado médico extendido en impreso original y firmado por un colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que la persona aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de las pruebas físicas que figuran en la base decimoquinta, así como las determinaciones exigidas respecto a la talla de los aspirantes.

Este certificado médico no excluye de la obligación de someterse al preceptivo reconocimiento médico recogido en la base octava.

3.2. [Para el caso de reserva de plazas a militares profesionales] Los/las aspirantes a plazas de turno libre reservada a militares profesionales, deberán acreditar, además de los requisitos del apartado anterior, su condición de militares profesionales de tropa o marinería y un tiempo de servicios como tales, superior a cinco años.

3.3. Los/las aspirantes en turno de movilidad deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Encontrarse en situación de servicio activo, con categoría de Agente, en un Cuerpo de Policía Local en Castilla y León, con antigüedad mínima de cinco años en el Cuerpo de procedencia y con categoría igual al de la vacante objeto de la convocatoria.

A tales efectos, se entiende por Cuerpo de procedencia, aquél donde el/la aspirante estuviera ocupando una plaza con destino definitivo.

b) No hallarse en situación de segunda actividad.

3.4. Todos los requisitos deberán poseerse en el momento en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el nombramiento como funcionario/a de carrera.

3.5. Si en algún momento del procedimiento se tuviere conocimiento de que cualquiera de los/las aspirantes no posee alguno de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, el Tribunal desde la publicación de la lista definitiva de admitidos y hasta la fecha de la publicación de la lista definitiva de adjudicación de vacantes, propondrá al titular de la alcaldía- presidencia del ayuntamiento la exclusión del/de la mismo/a del proceso, previa audiencia del interesado o interesada.