C) único Medidas necesarias para facilitar el ejercicio del derecho al voto y la participación en los procesos electorales del personal al servicio de la Administración
c) En relación a facilitar la participación en las campañas electorales
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Disponer que el personal al servicio de esta Administración que consta en las candidaturas proclamadas como candidato o candidata, incluidos los suplentes, al Parlamento de las Illes Balears, a los consejos insulares de Mallorca, de Menorca y de Ibiza, a las elecciones locales y a la entidad local de Palmanyola tiene derecho, si lo solicita previamente, al disfrute de un permiso para cumplir con un deber inexcusable de carácter público o personal y por deberes relacionados con la conciliación de la vida familiar y laboral.
La concesión del permiso comporta la dispensa de la prestación del trabajo en la unidad administrativa correspondiente durante el tiempo de duración de la campaña electoral, la cual empieza a las cero horas del viernes 12 de mayo de 2023 y termina a las veinticuatro horas del viernes 26 de mayo de 2023, y el derecho a recibir las retribuciones que se percibían en el puesto de trabajo ocupado.
El personal interesado debe solicitar por escrito la concesión del permiso, cuya autorización corresponde a la persona titular de la consejería en la que preste servicios. En el caso de los organismos autónomos y de otros entes, la autorización corresponde al órgano que tiene atribuida la competencia en materia de personal.
