Legislación

Canje de Notas Verbales entre el Reino de España y la República de Uzbekistán relativo a la no aplicación en las relaciones entre los dos países del convenio para evitar la doble imposición entre España y la URSS, firmado en Madrid el 1 de marzo de 1985, hecho en Madrid el 7 de junio y 21 de julio de 2010., - Boletín Oficial del Estado, de 11-10-2010

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 31 de Octubre de 2010

F. entrada en vigor: 31/10/2010

Órgano emisor: MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACION

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 246

F. Publicación: 11/10/2010

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial del Estado Número 246 de 11/10/2010 y no contiene posibles reformas posteriores

En virtud del Canje de Notas Verbales entre el Reino de España y la República de Uzbekistán relativo a la no aplicación en las relaciones entre los dos países del Convenio para evitar la doble imposición entre España y la URSS, firmado en Madrid el 1 de marzo de 1985, hecho en Madrid el 7 de junio y 21 de julio de 2010, el citado Convenio no se encuentra en vigor desde esta última fecha.

Lo que se hace público para conocimiento general. Madrid, 27 de septiembre de 2010.–El Secretario General Técnico del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Antonio Cosano Pérez.