Capitulo 4 programa coordinado de lucha, control y erradicacion de la enfermedad de Aujeszky
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»CAPÍTULO IV. Calificación de provincia, isla, comarca veterinaria o unidad veterinaria local como indemne
Vigente
Se considerarán como tales aquéllas en las que todas las explotaciones incluidas en ellas estén calificadas como indemnes u oficialmente indemnes de la enfermedad de Aujeszky.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 11-04-2009 en vigor desde 11-04-2009