Circular 1/2021, de 8 de abril, de la Fiscalía General del Estado, sobre los plazos de la investigación judicial del artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. - Boletín Oficial del Estado de 21-04-2021
Índice
Texto
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 21 de Abril de 2021
F. entrada en vigor: 21/04/2021
Órgano emisor: MINISTERIO FISCAL
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 95
F. Publicación: 21/04/2021
1. Cuestiones preliminares.
2. Los plazos de la investigación judicial del artículo 324 LECrim.
3. Presupuestos para la prórroga de la investigación judicial.
4. Delimitación de las facultades del órgano instructor y las partes en relación con la prórroga de la investigación judicial.
5. Cómputo de los plazos.
6. Interrupción del cómputo.
7. Los efectos del transcurso de los plazos de la investigación judicial
8. La declaración en calidad de investigado/a tras la expiración de los plazos del artículo 324 LECrim.
9. La petición de diligencias complementarias tras la conclusión de la fase de instrucción.
10. La actividad extraprocesal del Ministerio Fiscal ante procedimientos provisionalmente sobreseídos.
11. Actividad extraprocesal y plazos procesales de la investigación judicial.
12. Régimen transitorio aplicable a las causas incoadas con anterioridad a la entrada en vigor de la reforma.
13. Cláusula derogatoria.
14. Conclusiones.