Legislación

Comisión Administrativa de Coordinación de los Sistemas de Seguridad Social - Costes medios de las prestaciones en especie 2018/C 29/05, - Diario Oficial de la Unión Europea, de 26-01-2018

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Ambito: DOUE

Órgano emisor: COMISION EUROPEA

Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 22

F. Publicación: 26/01/2018

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea Número 22 de 26/01/2018 y no contiene posibles reformas posteriores

COMISIÓN ADMINISTRATIVA DE COORDINACIÓN DE LOS SISTEMAS DE SEGURIDAD SOCIAL

COSTES MEDIOS DE LAS PRESTACIONES EN ESPECIE

(2018/C 29/05)

COSTES MEDIOS DE LAS PRESTACIONES EN ESPECIE: 2014

Aplicación del artículo 64 del Reglamento (CE) n.o 987/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo (1)

I.

En lo referente a las prestaciones en especie proporcionadas en 2014 a los miembros de la familia que no residen en el mismo Estado miembro que la persona asegurada, conforme a lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (CE) n.o 883/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo (2), los importes que deben reembolsarse se determinarán con arreglo a los siguientes costes medios:

Grupo de edad

Anual

Mensuales netos

x = 0,20

Portugal

Menores de 20 años

790,52 EUR

52,70 EUR

20-64 años

683,46 EUR

45,56 EUR

65 años o más

1 537,51 EUR

102,50 EUR

II.

En lo referente a las prestaciones en especie proporcionadas en 2014 a los pensionistas y los miembros de su familia, conforme a lo dispuesto en el artículo 24, apartado 1, y los artículos 25 y 26 del Reglamento (CE) n.o 883/2004, los importes que deben reembolsarse se determinarán con arreglo a los siguientes costes medios:

Grupo de edad

Anual

Mensuales netos

x = 0,20

Mensuales netos

x = 0,15 (3)

Portugal

Menores de 20 años

790,52 EUR

52,70 EUR

55,99 EUR

20-64 años

683,46 EUR

45,56 EUR

48,41 EUR

65 años o más

1 537,51 EUR

102,50 EUR

108,91 EUR

COSTES MEDIOS DE LAS PRESTACIONES EN ESPECIE: 2015

Aplicación del artículo 64 del Reglamento (CE) n.o 987/2009

I.

En lo referente a las prestaciones en especie proporcionadas en 2015 a los miembros de la familia que no residen en el mismo Estado miembro que la persona asegurada, conforme a lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (CE) n.o 883/2004, los importes que deben reembolsarse se determinarán con arreglo a los siguientes costes medios:

Grupo de edad

Anual

Mensuales netos

x = 0,20

Chipre

Menores de 20 años

323,55 EUR

21,57 EUR

20-64 años

319,14 EUR

21,28 EUR

65 años o más

1 366,06 EUR

91,07 EUR

Países Bajos

Menores de 20 años

1 127,10 EUR

75,14 EUR

20-64 años

1 963,36 EUR

130,89 EUR

65 años o más

9 638,38 EUR

642,56 EUR

Finlandia

Menores de 20 años

1 172,90 EUR

78,19 EUR

20-64 años

1 918,74 EUR

127,92 EUR

65 años o más

5 773,98 EUR

384,93 EUR

II.

En lo referente a las prestaciones en especie proporcionadas en 2015 a los pensionistas y los miembros de su familia, conforme a lo dispuesto en el artículo 24, apartado 1, y los artículos 25 y 26 del Reglamento (CE) n.o 883/2004, los importes que deben reembolsarse se determinarán con arreglo a los siguientes costes medios:

Grupo de edad

Anual

Mensuales netos

x = 0,20

Mensuales netos

x = 0,15 (4)

Chipre

Menores de 20 años

323,55 EUR

21,57 EUR

22,92 EUR

20-64 años

319,14 EUR

21,28 EUR

22,61 EUR

65 años o más

1 366,06 EUR

91,07 EUR

96,76 EUR

Países Bajos

Menores de 20 años

1 127,10 EUR

75,14 EUR

79,84 EUR

20-64 años

1 963,36 EUR

130,89 EUR

139,07 EUR

65 años o más

9 638,38 EUR

642,56 EUR

682,72 EUR

Finlandia

Menores de 20 años

1 172,90 EUR

78,19 EUR

83,08 EUR

20-64 años

1 918,74 EUR

127,92 EUR

135,91 EUR

65 años o más

5 773,98 EUR

384,93 EUR

408,99 EUR

COSTES MEDIOS DE LAS PRESTACIONES EN ESPECIE: 2016

Aplicación del artículo 64 del Reglamento (CE) n.o 987/2009

I.

En lo referente a las prestaciones en especie proporcionadas en 2016 a los miembros de la familia que no residen en el mismo Estado miembro que la persona asegurada, conforme a lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (CE) n.o 883/2004, los importes que deben reembolsarse se determinarán con arreglo a los siguientes costes medios:

Grupo de edad

Anual

Mensuales netos

x = 0,20

España

Menores de 20 años

588,98 EUR

39,27 EUR

20-64 años

807,00 EUR

53,80 EUR

65 años o más

4 261,88 EUR

284,13 EUR

II.

En lo referente a las prestaciones en especie proporcionadas en 2016 a los pensionistas y los miembros de su familia, conforme a lo dispuesto en el artículo 24, apartado 1, y los artículos 25 y 26 del Reglamento (CE) n.o 883/2004, los importes que deben reembolsarse se determinarán con arreglo a los siguientes costes medios:

Grupo de edad

Anual

Mensuales netos

x = 0,20

Mensuales netos

x = 0,15 (5)

España

Menores de 20 años

588,98 EUR

39,27 EUR

41,72 EUR

20-64 años

807,00 EUR

53,80 EUR

57,16 EUR

65 años o más

4 261,88 EUR

284,13 EUR

301,88 EUR

(1) DO L 284 de 30.10.2009, p. 1.

(2) DO L 166 de 30.4.2004, p. 1.

(3) La reducción que se aplicará al tanto alzado mensual será del 15 % (x = 0,15) para los pensionistas y los miembros de su familia cuando el Estado miembro competente no figure en el anexo IV del Reglamento (CE) n.o 883/2004 [de conformidad con el artículo 64, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 987/2009].

(4) La reducción que se aplicará al tanto alzado mensual será del 15 % (x = 0,15) para los pensionistas y los miembros de su familia cuando el Estado miembro competente no figure en el anexo IV del Reglamento (CE) n.o 883/2004 [de conformidad con el artículo 64, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 987/2009].

(5) La reducción que se aplicará al tanto alzado mensual será del 15 % (x = 0,15) para los pensionistas y los miembros de su familia cuando el Estado miembro competente no figure en el anexo IV del Reglamento (CE) n.o 883/2004 [de conformidad con el artículo 64, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 987/2009].