Comunicación de la Comisión relativa a la iniciativa ciudadana europea (ICE) «End the Cage Age» 2021/C 274/01, - Diario Oficial de la Unión Europea, de 09-07-2021
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Ambito: DOUE
Órgano emisor: COMISION EUROPEA
Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 243
F. Publicación: 09/07/2021
Comunicación de la Comisión relativa a la iniciativa ciudadana europea (ICE) «End the Cage Age»
(2021/C 274/01)
1. INTRODUCCIÓN: LA INICIATIVA CIUDADANA
Mediante una iniciativa ciudadana europea (ICE), en virtud del artículo 11, apartado 4, del Tratado de la Unión Europea, al menos un millón de ciudadanos de la Unión que sean nacionales de un número significativo de Estados miembros podrá tomar la iniciativa de invitar a la Comisión Europea, en el marco de sus atribuciones, a que presente una propuesta adecuada sobre cuestiones que estos ciudadanos estimen que requieren un acto jurídico de la Unión para los fines de la aplicación de los Tratados. Las normas detalladas sobre las iniciativas ciudadanas europeas se establecen en el Reglamento (UE) 2019/788 (1) (el Reglamento sobre la iniciativa ciudadana europea).
«End the Cage Age» (Acabemos con las jaulas) es la sexta iniciativa ciudadana europea que ha alcanzado los umbrales numéricos (2). Insta a la Comisión a que adopte las medidas siguientes en materia de trato de los animales de granja:
«Cientos de millones de animales de granja de la UE son mantenidos en jaulas durante la mayor parte de su vida, lo que les provoca un gran sufrimiento. Instamos a la Comisión Europea a que ponga fin al trato inhumano de los animales de granja.
Las jaulas infligen sufrimiento a un enorme número de animales de granja cada año. Son crueles e innecesarias, puesto que son viables sistemas sin jaulas más propicios al bienestar de los animales.
Se invita a la Comisión a que proponga una legislación para prohibir el uso de:
| - | jaulas para gallinas ponedoras, conejos, pollitas, reproductoras de pollos de engorde, reproductoras de gallinas ponedoras, codornices, patos y gansos; |
| - | parideras para cerdas; |
| - | celdas individuales para cerdas, donde no estén ya prohibidas; |
| - | boxes individuales para terneros, donde no estén ya prohibidos». (3) |
Los organizadores explicaron con minuciosidad los objetivos de la iniciativa en una reunión con la Comisión celebrada el 30 de octubre de 2020 y en una audiencia organizada por el Parlamento Europeo el 15 de abril de 2021. El Parlamento Europeo celebró un debate en el Pleno el 10 de junio de 2021 sobre esta iniciativa ciudadana y adoptó una resolución (4) en la que se expone la posición del Parlamento.
En esta Comunicación se presenta la evaluación jurídica y política de la iniciativa por parte de la Comisión, las medidas que se propone adoptar, sus razones para la adopción y el calendario previsto, de conformidad con el artículo 15, apartado 2, del Reglamento sobre la iniciativa ciudadana europea.
2. CONTEXTO
Esta iniciativa ciudadana refleja la demanda de una transición a sistemas de cría más éticos y sostenibles, que se conseguirá, entre otras cosas, sobre la base de una nueva legislación sobre bienestar animal. La Comisión considera que atender esta demanda es una importante prioridad, como ha dejado claro en el Pacto Verde Europeo (5) y en la estrategia «De la Granja a la Mesa» (6). La iniciativa afirma que en la actualidad 300 millones de animales son mantenidos en jaulas en la UE.
El Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea define a los animales como seres sensibles. Como un importante importador de alimentos, la UE tiene la responsabilidad moral de garantizar que las condiciones de los animales en las explotaciones reflejen sus principios, incluso con respecto a los alimentos que importa.
La eliminación gradual de las jaulas comenzó hace veintidós años, cuando entró en vigor una nueva legislación para la cría de gallinas ponedoras. El análisis científico respaldó los beneficios de este enfoque para otras especies, como los terneros y los cerdos, para los que se introdujeron prohibiciones parciales en 1997 y en 2001 respectivamente.
2.1. Marco jurídico vigente para el bienestar de los animales de granja
La legislación de la UE sobre el bienestar de los animales ha evolucionado y ampliado su cobertura desde que se adoptó la primera legislación relativa a este ámbito en 1974. El marco jurídico actual para la cría de animales de granja consiste en una Directiva (7) general relativa a la protección de los animales criados y mantenidos en las explotaciones ganaderas. Establece principios generales y deja margen para que los Estados miembros adopten disposiciones más estrictas, siempre que sean compatibles con la legislación de la UE. Para complementar la Directiva general, cuatro directivas sectoriales regulan el bienestar de las gallinas ponedoras, los pollos de engorde, los terneros y los cerdos.
En la Directiva general se establece que no se limitará la libertad de movimientos propia de los animales de manera que se les cause sufrimiento o daños innecesarios. Asimismo, exige que, cuando los animales se encuentren atados, encadenados o retenidos continua o regularmente, se les proporcionará un espacio adecuado a sus necesidades fisiológicas y etológicas. Por tanto, se permite tener a los animales en jaulas, pero siempre que se cumplan determinadas condiciones.
Las Directivas sectoriales establecen determinadas normas sobre la retención:
| - | para las gallinas ponedoras, la legislación para la cría de gallinas ponedoras adoptada en 1999 prohibió el uso de jaulas no acondicionadas («en batería») en la UE, con un periodo transitorio de dos fases de doce años en total: a partir de 2003, las jaulas utilizadas por primera vez tuvieron que ser jaulas acondicionadas y, a partir de 2012, la prohibición de las jaulas sin acondicionar para las gallinas ponedoras se aplicó a todas las explotaciones de la UE. Hoy en día, se permite que las gallinas ponedoras estén en jaulas acondicionadas donde puedan, por ejemplo, posarse y escarbar (8); |
| - | desde 2013, es obligatorio mantener a las hembras de la especie porcina (cerdas) en grupos durante el periodo comprendido entre las cuatro semanas siguientes a la cubrición (cruzamiento con un verraco o inseminación) y los siete días anteriores a la fecha prevista de parto. Durante el resto del tiempo (es decir, desde los sietes días anteriores a la fecha prevista de parto hasta las cuatros semanas siguientes a la cubrición), de acuerdo con la legislación aplicable de la UE, una gran proporción de cerdas y cerdas jóvenes de la UE se encierran regularmente en parideras y celdas individuales (9); y |
| - | desde 2007, no se ha permitido mantener encerrado a ningún ternero de más de ocho semanas de edad en recintos individuales. No obstante, hasta esa edad, sí es posible la cría individual de terneros, conforme a las condiciones de la legislación aplicable de la UE (10). |
No existe ninguna legislación específica de la UE en materia de bienestar animal para los demás animales a los que se hace referencia en la iniciativa ciudadana europea.
La petición de eliminar gradualmente las jaulas está en consonancia con los avances actuales, puesto que varios Estados miembros ya han aplicado prohibiciones totales o parciales de las jaulas:
Jaulas acondicionadas para gallinas ponedoras:
| - | prohibidas en Austria y Luxemburgo; |
| - | prohibidas en Francia para las explotaciones nuevas o reacondicionadas; |
| - | prohibidas en Alemania a partir de 2025, en República Checa a partir de 2027, en Valonia (Bélgica) a partir de 2028 y en Eslovaquia a partir de 2030. |
Celdas individuales y parideras:
| - | prohibidas en Suecia; |
| - | parideras permitidas durante un máximo de cinco días por periodo de parto en Alemania para 2036; |
| - | prohibición de las celdas individuales para 2029 en Alemania; |
| - | prohibición de las celdas individuales desde el momento del destete en Dinamarca con pleno efecto a partir de 2035; |
| - | prohibición de las celdas individuales cuatro días después de la inseminación en los Países Bajos y diez días después de la inseminación en Austria. |
Jaulas para conejos:
| - | prohibidas para conejos de carne en Austria, Alemania y Países Bajos; |
| - | prohibición de jaulas no acondicionadas para conejos de carne desde 2016 y de jaulas acondicionadas para conejos de carne y hembras reproductoras en Flandes (Bélgica) desde 2025; |
| - | requisitos específicos para conejos en Alemania, Países Bajos y Suecia como, por ejemplo, criarlos al menos en parejas (conejos de engorde), material para roer adecuado, acceso a forraje o acceso a una plataforma. |
2.2. Contexto actual de las políticas de la UE
El 11 de diciembre de 2019, la Comisión adoptó una Comunicación sobre el Pacto Verde Europeo (11), una estrategia global para transformar la UE en una economía moderna, eficiente en el uso de recursos y competitiva, que contemple todas las dimensiones de la sostenibilidad, incluido el bienestar de los animales.
El 20 de mayo de 2020 (como parte del Pacto Verde), la Comisión adoptó la estrategia «De la Granja a la Mesa» (12), que presenta un programa para alcanzar un sistema alimentario justo, saludable y respetuoso con el medio ambiente. Gracias a la estrategia, la Comisión pretende garantizar no solo que los alimentos de la UE sean seguros, nutritivos y de alta calidad, sino también que se conviertan en la norma mundial en relación con la sostenibilidad. El bienestar de los animales desempeña un papel destacado en el programa sobre sostenibilidad y la estrategia incluye el compromiso de la Comisión de presentar propuestas legislativas para revisar la legislación de la UE en materia de bienestar animal para finales de 2023, tras una evaluación (control de adecuación) de la legislación vigente y una evaluación de impacto. El objetivo es mejorar el bienestar de los animales, ampliar el ámbito de aplicación de la legislación, alinearla con las últimas pruebas científicas y facilitar su aplicación.
La Comisión también anunció en la estrategia que:
| - | estudiaría las opciones de etiquetado de bienestar animal, a fin de aprovechar mejor el valor añadido que los productos adquieren gracias a prácticas favorables para el bienestar y para transferirlo a lo largo de toda la cadena de suministro; y |
| - | propondría un marco de etiquetado de alimentos sostenibles. |
La estrategia «De la Granja a la Mesa» reconoce el papel de la política agrícola común (PAC) en el apoyo a la transición hacia sistemas alimentarios sostenibles. En el contexto del procedimiento legislativo en curso relativo a la PAC, y con arreglo a este, se prevé un nuevo sistema a partir de 2023 por el que los Estados miembros podrán utilizar en el futuro «regímenes ecológicos» (13) para apoyar una transición hacia un bienestar mejorado de los animales (14). Los regímenes ecológicos proporcionarán a los agricultores ayuda en forma de pagos para compromisos de gestión que les compensen por los costes adicionales o las pérdidas de ingresos asociados a la mejora de las normas que van más allá de los requisitos obligatorios. Los regímenes ecológicos se financian íntegramente con cargo al presupuesto general de la Unión.
En el marco del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), se ofrecerán las mismas posibilidades para apoyar el bienestar de los animales después de 2022 que las que se brindaron en la PAC de 2014 a 2022. Los proyectos financiados por el Feader («intervenciones») requieren cofinanciación por parte de los Estados miembros. La ayuda del Feader está disponible en forma de pagos para compromisos de gestión que compensan a los agricultores por los costes adicionales o las pérdidas de ingresos asociados a la mejora de las normas que van más allá de los requisitos obligatorios, y como inversiones para una cría más respetuosa con el bienestar de los animales. Las necesidades y las prioridades de los Estados miembros determinan en qué medida la ayuda del Feader y del régimen ecológico se destina al bienestar de los animales.
Otras posibilidades de intervención en el marco del Feader y los regímenes ecológicos incluyen:
| - | formación y asesoramiento; |
| - | adoptar y mantener métodos de agricultura ecológica; |
| - | regímenes de calidad; y |
| - | cooperación e innovación entre agentes de la cadena alimentaria en el marco de la Asociación Europea para la Innovación en materia de Productividad y Sostenibilidad Agrícolas (AEI-AGRI) (15). |
Se prevé que el bienestar de los animales sea uno de los objetivos específicos de la PAC para el periodo 2023-2027 (16). Cada Estado miembro evaluará su situación sobre la base de un análisis DAFO (debilidades, amenazas, fortalezas y oportunidades) y sus necesidades específicas, en particular por lo que se refiere a la mejora del bienestar de los animales y a la reducción del uso de antimicrobianos. Sobre esta premisa, cada Estado miembro diseñará intervenciones que se incluirán en un plan estratégico nacional de la PAC (que estará operativo a partir de principios de 2023 tras su aprobación por la Comisión), que también establecerá una estrategia para combinar diversas herramientas de la PAC. Se utilizarán indicadores específicos para medir y supervisar los progresos en la aplicación de los planes.
El cumplimiento de los requisitos legales existentes en materia de bienestar de los animales (17) seguirá siendo una de las condiciones para que los agricultores reciban la ayuda directa completa de la PAC y determinados pagos (anuales) en el marco del Feader, incluidos los pagos en favor del bienestar de los animales.
La Comisión adoptó recomendaciones con respecto a los planes estratégicos nacionales de la PAC en diciembre de 2020. Estas recomendaciones, dirigidas específicamente a cada Estado miembro, incluyen una serie de medidas para mejorar el bienestar de los animales de granja (18).
Para ayudar a los Estados miembros a formular intervenciones en consonancia con las recomendaciones, la Comisión ha iniciado recientemente un estudio sobre las medidas y los instrumentos de la PAC que promueven el bienestar de los animales y la reducción del uso de antimicrobianos (19). Se espera que se concluya en octubre de 2021.
2.3. Contexto científico y proyectos en curso
El aumento del bienestar de los animales no solo es una cuestión ética, sino que mejora su salud y reduce la necesidad de medicación, ralentizando así la posible activación de microorganismos resistentes a los antimicrobianos y mejorando la calidad de los alimentos. Además, la reducción del estrés en las gallinas ponedoras, por ejemplo, mitiga la prevalencia de salmonela en manadas. El bienestar de los seres humanos y el bienestar de los animales están estrechamente relacionados.
Durante los últimos veinte años, la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA), el principal asesor científico de la Comisión en este ámbito, ha adoptado dictámenes que abordan, entre otros aspectos, el bienestar de las gallinas ponedoras y los cerdos. Actualmente, la EFSA está desarrollando nuevas evaluaciones científicas sobre las jaulas para las especies y categorías de animales cubiertas por la iniciativa ciudadana, y estarán disponibles en 2022 y 2023. Un dictamen reciente de la EFSA puede interpretarse como la imagen del estado actual del conocimiento en lo que respecta a los conejos (20).
Estudios científicos publicados recientemente demuestran la existencia de sistemas de cría alternativos de alto rendimiento que no implican el uso de jaulas. Además, un estudio reciente elaborado para la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo (PETI) (21) concluye que los sistemas sin jaula para las gallinas ponedoras son similares a los sistemas con jaulas acondicionadas desde el punto de vista económico, medioambiental y social. Otro estudio (22) ofrece consideraciones generales sobre la investigación científica relativa a la cría en jaulas de gallinas ponedoras, cerdas, conejos, patos, gansos, terneros y codornices. Describe las repercusiones del bienestar con el encierro y la cría en jaulas en los sistemas de cría alternativos. Otros informes describen los retos medioambientales y de bienestar, las oportunidades y las posibles consecuencias de las nuevas mejoras del bienestar de los animales y la finalización del uso de jaulas en la cría de determinados animales de granja en la UE (23).
Varios proyectos de investigación e innovación en curso, también financiados por la UE, contemplan el bienestar de los animales, en particular, la agricultura ecológica y de bajos insumos (24), la agricultura de precisión (25) y las prácticas más respetuosas con el bienestar animal en la agricultura intensiva. Si bien, hasta la fecha, ningún proyecto ha examinado específicamente la retirada de las jaulas, algunos proyectos de CORE (26) Organic Cofund (27), financiados en el marco de Horizonte 2020, están estudiando la cría de animales, permitiendo que los animales cubran sus necesidades naturales y otras cuestiones relacionadas, entre ellos:
| - | POWER, que investiga la mejora combinada de la cría y la gestión de los cerdos, incluidos los efectos del diseño de las celdas de parto, la genética de las cerdas y las estrategias de gestión sobre la mortalidad de los lechones recién nacidos y la salud de los lechones antes y después del destete; y |
| - | GroupHouseNet (28), una acción COST que pretende proporcionar a la industria ganadera de la UE las innovaciones que necesita en la cría y gestión de cerdos y aves de corral para una transición satisfactoria a sistemas de cría de grupos grandes sin la necesidad de realizar las dolorosas prácticas del raboteo y el corte del pico. |
Horizonte Europa (el nuevo programa marco de investigación e innovación de la UE) proporcionará más apoyo en el periodo 2021-2027, en particular en el ámbito de intervención «agricultura, silvicultura y zonas rurales» (29).
2.4. Contexto social y económico
Un número cada vez mayor de consumidores exigen métodos agrícolas más respetuosos con el bienestar e información que les ayude a identificar los productos producidos en condiciones que favorezcan el bienestar (30).
Los animales de granja se mantienen encerrados en jaulas por diversas razones, principalmente económicas. Estos sistemas (especialmente en unidades de cría intensiva) son económicamente eficientes y proporcionan condiciones de trabajo más prácticas. También puede ser necesario cierto grado de estabulación por razones de bioprotección, para prevenir ciertas enfermedades animales.
La interrupción del uso de jaulas requerirá cambios en los sistemas de cría actuales y, a menudo, inversiones costosas. Puede que sea necesario que los agricultores modifiquen sus explotaciones, adquieran nuevos equipos y adapten las prácticas de producción y cría. Al mismo tiempo, el cambio a sistemas de cría con normas de bienestar animal más estrictas suele mejorar la reputación de los agricultores en la sociedad y aumenta la confianza hacia su trabajo (31). Las estrictas normas de bienestar animal de la UE también contribuyen a la buena reputación de los productos agrícolas de la UE y justifican, en parte, la gran demanda de los mismos, lo que garantiza mayores ingresos para los agricultores. Los cambios en los sistemas de cría actuales también contribuirían a preservar los recursos de los que dependen los sistemas alimentarios, lo que a su vez disminuiría la pérdida de biodiversidad.
2.5. Iniciativas y acciones en curso pertinentes en el contexto de la iniciativa ciudadana
En vista de la revisión de la legislación sobre el bienestar de los animales, incluida la Directiva 98/58/CE relativa a la protección de los animales en las explotaciones ganaderas (32), tal como se anunció en el marco de la estrategia «De la Granja a la Mesa», la Comisión ya está adoptando o ya ha adoptado las siguientes medidas:
| - | En junio de 2020, encomendó a la EFSA que proporcionara dictámenes científicos actualizados sobre las ventajas y desventajas de los diferentes sistemas de producción y cómo podrían mejorarse para las especies actualmente cubiertas por la legislación de bienestar animal específica del sector, es decir, las gallinas ponedoras (el mandato también incluye a las pollitas y las reproductoras de gallinas ponedoras), los pollos destinados a la producción de carne (incluidas también las reproductoras de pollos de engorde), los terneros y los cerdos. En junio de 2021, solicitó más dictámenes sobre los aspectos relacionados con el bienestar animal de la cría de codornices, patos y gansos en jaulas y sin jaulas (33). Se espera que la EFSA emita estos dictámenes en 2022 y 2023. |
| - | El 7 de abril de 2021, la Comisión publicó los resultados de la evaluación de la Estrategia de la Unión Europea para el bienestar de los animales 2012-2015 (34). |
| - | Actualmente está llevando a cabo una evaluación (control de adecuación) del acervo de la UE en materia de bienestar animal (35), que tiene por objeto identificar lo siguiente:
|
Se espera finalizar el control de adecuación para 2022.
| - | Está explorando opciones para una etiqueta de bienestar animal a escala de la UE con vistas a mejorar la transmisión de valor a través de la cadena alimentaria. Con este fin, ha creado un subgrupo específico de la Plataforma de la UE sobre bienestar animal y ha puesto en marcha un estudio sobre el etiquetado de bienestar animal (36). |
Además, las siguientes acciones en curso y planeadas resultan pertinentes en el contexto de la iniciativa ciudadana:
| - | Estudios para recopilar datos sobre las consecuencias medioambientales y socioeconómicas de la eliminación gradual de las jaulas y para poder obtener una imagen más clara de la situación actual en la UE (37); |
| - | Actualmente, se está preparando un código de conducta para las prácticas comerciales y de comercialización responsables. El objetivo es alentar a los agentes a lo largo de la cadena alimentaria a asumir compromisos de sostenibilidad que también abarquen el bienestar animal; entre ellos podrían figurar compromisos relativos a la transición a sistemas sin jaulas; |
| - | La Comisión preparará una propuesta legislativa sobre un marco para un sistema alimentario sostenible antes de finales de 2023. El bienestar de los animales se abordará en los debates sobre la definición de la sostenibilidad del sistema alimentario y los criterios para evaluar la sostenibilidad de los alimentos y las operaciones; |
| - | Antes de 2024, propondrá un marco de etiquetado de alimentos sostenibles que debería abarcar los aspectos nutricionales, climáticos, medioambientales y sociales de los productos alimentarios, incluido el bienestar de los animales; |
| - | Aunque varios acuerdos comerciales bilaterales con países no pertenecientes a la UE ya incluyen disposiciones de cooperación sobre el bienestar de los animales, la UE propondrá la inclusión de un capítulo sobre sistemas de producción de alimentos sostenibles en las negociaciones en curso para los acuerdos de libre comercio con los países socios y los futuros acuerdos comerciales. Esto también incluye la cooperación en materia de bienestar animal; y |
| - | La UE también promueve sus normas de bienestar animal contribuyendo al desarrollo, adopción y aplicación de las normas internacionales sobre bienestar animal (38) de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) y cooperando con la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO). |
3. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS DE LA INICIATIVA
3.1. Respuesta a la iniciativa: acciones
La iniciativa ciudadana insta a la Comisión a que proponga una legislación que prohíba el uso de:
| - | jaulas para gallinas ponedoras, conejos, pollitas, reproductoras de pollos de engorde, reproductoras de gallinas ponedoras, codornices, patos y gansos; |
| - | parideras para cerdas; |
| - | celdas individuales para cerdas, donde no estén ya prohibidas; y |
| - | boxes individuales para terneros, donde no estén ya prohibidos. |
En respuesta a la iniciativa y a la demanda de una transición hacia sistemas de cría más éticos y sostenibles, la Comisión tiene la intención de proponer la eliminación gradual y, finalmente, la prohibición del uso de dichos sistemas de jaulas, para todas estas especies y categorías, en condiciones (incluida la duración del periodo de transición) que se determinarán en virtud de los dictámenes de la EFSA y tras una evaluación de impacto. Este será uno de los objetivos principales incluidos en la revisión de la legislación sobre bienestar animal que la Comisión se ha comprometido a proponer antes del último trimestre de 2023.
La Comisión examinará los siguientes aspectos en el contexto del proceso de revisión:
A. Animales actualmente cubiertos por la legislación en materia de bienestar animal específica para cada especie
La legislación vigente en materia de bienestar animal específica para las especies de gallinas ponedoras, cerdas y terneros se revisará en el marco de la estrategia «De la Granja a la Mesa», con una propuesta de la Comisión que se presentará antes del último trimestre de 2023. Esta legislación prevé actualmente prohibiciones de ciertos tipos de jaulas, pero no de todas.
B. Animales actualmente no cubiertos por la legislación en materia de bienestar animal específica para cada especie
En la actualidad, no existe ninguna legislación específica de la UE en materia de bienestar animal para varias de las especies o categorías cubiertas por la ICE (conejos, pollitas, reproductoras de pollos de engorde, reproductoras de gallinas ponedoras, codornices, patos y gansos).
Para responder a la iniciativa, la Comisión encargó a la EFSA, en junio de 2020 y en junio de 2021, que complementara las pruebas científicas existentes sobre los efectos en el bienestar animal de los sistemas de cría con jaulas de gallinas ponedoras, cerdos, terneros, pollitas, reproductoras de pollos de engorde, reproductoras de gallinas ponedoras, codornices, patos y gansos a lo largo de 2022 y principios de 2023 con el objetivo de introducir la legislación en el último trimestre de 2023.
Las condiciones para la prohibición de los sistemas de jaulas se determinarán tras una evaluación de impacto; tendrán en cuenta:
| - | los beneficios para el bienestar de los animales; |
| - | las necesidades sociales y económicas del sector agrícola de la UE, incluidas las explotaciones pequeñas; |
| - | la dimensión del comercio internacional; y |
| - | los aspectos ambientales. |
3.2. Respuesta a la iniciativa: calendario previsto
La respuesta de la Comisión a la iniciativa, tal como se describe en el capítulo 3.1, será uno de los objetivos principales incluidos en la revisión de la legislación sobre bienestar animal que se ha comprometido a proponer para el último trimestre de 2023.
Para elaborar esta propuesta legislativa, la Comisión preparará una evaluación de impacto como se ha descrito anteriormente. Esta evaluación también respaldará la toma de decisiones en lo relativo, por ejemplo, a las medidas complementarias. Incluirá una consulta pública que se llevará a cabo a principios de 2022. Está previsto que la evaluación de impacto se complete a finales de 2022.
Aunque la iniciativa ciudadana no incluye una petición específica sobre el calendario, en la reunión con la Comisión y en la audiencia en el Parlamento Europeo, los organizadores expresaron su ambición de que la prohibición de las jaulas entre en vigor en 2027.
La fecha de entrada en vigor de la prohibición y, por tanto, la duración del periodo de eliminación gradual, se considerarán en el contexto de la evaluación de impacto de la propuesta legislativa. En particular, se evaluará la viabilidad de trabajar para que la legislación propuesta entre en vigor a partir de 2027, teniendo en cuenta la necesidad de apoyar a los agricultores en esta transición, desde una perspectiva financiera y de cualquier otra índole.
3.3. Medidas transitorias y complementarias en la UE
Aunque la iniciativa en sí no incluye solicitudes de medidas transitorias y complementarias, los organizadores indicaron en la reunión con la Comisión y en la audiencia en el Parlamento Europeo que tales medidas serían necesarias para facilitar la transición hacia la cría sin jaulas.
La Comisión considera que una transición equilibrada hacia sistemas sin jaulas requiere una consideración adecuada de las inquietudes sociales pertinentes, las repercusiones económicas en las distintas partes implicadas y los aspectos medioambientales. Debe organizarse y apoyarse de tal forma que los agricultores puedan aprovechar la demanda social de un mayor bienestar animal como una oportunidad para contribuir directamente a mejorar la salud y el bienestar de los animales, la calidad de los alimentos y los objetivos medioambientales sin poner en peligro la supervivencia de sus explotaciones. Toda la cadena alimentaria, en particular la industria de la transformación alimentaria y el sector minorista, desempeñarán un papel importante.
Por lo tanto, paralelamente a la legislación que propondrá, la Comisión seguirá desarrollando medidas complementarias, como mejores prácticas, directrices, recomendaciones y estudios, para la promoción de la cría sin jaulas y la transición a este tipo de cría. Promoverá la comunicación y la información sobre las medidas en la preparación de la eliminación gradual de las jaulas. Su objetivo es proporcionar incentivos para que los agricultores inicien el proceso de transición.
| - | Con la PAC, la UE prestará apoyo financiero a los agricultores para que pasen a usar sistemas sin jaulas mediante los recursos disponibles en el marco de la política de desarrollo rural y los nuevos regímenes ecológicos (en la medida en que los Estados miembros aprovechen estas oportunidades). La Comisión anima a los Estados miembros a utilizar los regímenes ecológicos (una vez adoptada la legislación por la que se establece la nueva PAC) y a presentar sus estrategias de intervención en sus planes estratégicos nacionales para respaldar la eliminación progresiva de las jaulas. Esto también podría suponer un cambio hacia soluciones innovadoras y sistemas de producción extensiva. |
Al evaluar los planes estratégicos nacionales de los Estados miembros, la Comisión prestará especial atención al apoyo financiero que los Estados miembros pretendan dedicar a mejorar el bienestar de los animales. Por último, la Comisión anima a los Estados miembros a aumentar la intensidad de la ayuda (39) para el apoyo del Feader a los sistemas sin jaulas, en comparación con las inversiones en la cría con menos atención al bienestar de los animales.
En sus programas de trabajo anuales para la política de promoción de los productos agrícolas (40), la Comisión incluirá un presupuesto específico para aumentar la concienciación sobre la sostenibilidad en la agricultura, incluidas características específicas del bienestar animal, como los sistemas de cría sin jaulas.
Otras medidas de apoyo complementarán la financiación de la PAC:
| - | En consonancia con el plan de acción adoptado sobre agricultura ecológica, cuyo objetivo es garantizar que el 25 % de la tierra de la UE se utilice para la producción ecológica de aquí a 2030, se brindará a los agricultores la oportunidad de pasar de los sistemas de jaulas directamente a la agricultura ecológica. En la producción ecológica no está permitido el uso de jaulas (41); |
| - | La Comisión apoyará a los agricultores y a otros agentes en la transición hacia sistemas sin jaulas mediante campañas de información y formación a través de los servicios de asesoramiento a las explotaciones agrícolas de los Estados miembros (42); |
| - | La Comisión trabajará en estrecha colaboración con la industria de transformación de alimentos y los minoristas para animarles a apoyar el desarrollo del mercado de productos sin jaulas a precios de salida de la explotación satisfactorios; |
| - | En consonancia con la estrategia «De la Granja a la Mesa», la Comisión estudiará opciones de etiquetado de bienestar de los animales para mejorar la transmisión de valor a través de la cadena alimentaria. La obligación de informar a los consumidores sobre si los productos proceden de animales encerrados en jaulas o de sistemas sin jaulas podría animar a los agricultores a pasar antes a sistemas sin jaulas y a los consumidores a ser más conscientes sobre sus elecciones. Del mismo modo, la Comisión estudiará una posible ampliación del ámbito de aplicación de las normas de comercialización agrícola en el contexto de la revisión de la legislación (como se anunció en la estrategia «De la Granja a la Mesa»); |
| - | Dado el papel que puede desempeñar la contratación pública en la transformación del modelo de producción y consumo de alimentos de la UE mediante el impulso de un abastecimiento más sostenible de alimentos, la Comisión se comprometió en la estrategia «De la Granja a la Mesa» a determinar las mejores formas de establecer criterios mínimos obligatorios para la adquisición de alimentos sostenibles. En este contexto, contemplará cómo podría apoyar la transición hacia sistemas sin jaulas. Algunos aspectos del bienestar animal ya se abordan en los actuales criterios de la contratación pública ecológica (43); |
| - | Cuando proceda, Horizonte Europa ayudará a proporcionar a los responsables de la toma de decisiones y a los agentes pruebas científicas adicionales. En particular, para el programa de trabajo 2023-2024, se propondrá la creación de una Asociación Europea sobre Salud y Bienestar de los Animales. |
Otra acción englobará medidas para garantizar una aplicación mejor y más estricta de la legislación vigente, por ejemplo, mediante la formación de inspectores (a través del programa de la Comisión «Mejora de la formación para aumentar la seguridad alimentaria» (44) y con el apoyo de los centros de referencia de bienestar animal de la UE), y mediante auditorías de la Comisión de los sistemas de bienestar animal y su seguimiento en colaboración con las administraciones nacionales.
Además, los Estados miembros podrán abordar la transición a la cría sin jaulas en sus medidas nacionales de ayuda estatal (45). Las normas sobre ayudas estatales agrícolas les permiten conceder ayuda financiera a los agricultores mientras las normas de la UE aún no estén en vigor. En el caso de las normas de la UE recientemente introducidas, los agricultores pueden recibir ayuda para inversiones relacionadas durante un periodo de tiempo limitado.
3.4. Aspectos comerciales
La Comisión pretende promover la adopción de normas sostenibles a escala mundial, incluidas las relacionadas con el bienestar de los animales, e impulsar la coherencia de las políticas entre los productos nacionales e importados. La evaluación de impacto examinará distintas opciones sobre cómo alcanzar este objetivo con respecto a los animales y los productos de origen animal procedentes de terceros países.
En su examen de las políticas comerciales (46), la Comisión subraya que las importaciones deben cumplir el reglamento y las normas pertinentes de la UE y que, en determinadas circunstancias previstas por las normas de la Organización Mundial del Comercio (OMC), es conveniente que la UE exija que los productos importados cumplan determinados requisitos de producción. La legitimidad de la aplicación de los requisitos de producción a las importaciones se basa en la necesidad de proteger el medio ambiente y responder a las preocupaciones éticas. Cuando se adopte este enfoque, debe hacerse respetando plenamente las normas de la OMC. También es posible introducir requisitos de bienestar animal en los productos importados en el marco de acuerdos comerciales bilaterales.
Con arreglo a la legislación vigente de la UE, solo unas pocas especies y productos animales están sujetos a requisitos específicos de bienestar animal en el momento de la importación. Dada la falta de garantías suficientes de que las normas de comercialización de los huevos del país exportador sean equivalentes a las de la UE, los embalajes de huevos importados deben llevar una indicación que refleje que el sistema de cría es «no conforme a las normas CE» (47). El certificado sanitario que acompaña a la carne importada debe acreditar que los requisitos de sacrificio del país exportador son al menos equivalentes a los establecidos en la legislación de la UE sobre bienestar animal, por ejemplo, en lo que respecta a los procedimientos de aturdimiento (48).
La Comisión promueve activamente las normas de bienestar animal de la UE a través de la cooperación bilateral y trabaja con organizaciones internacionales como la OIE y la FAO para mejorar las condiciones de los animales en las explotaciones de todo el mundo. Ha tenido cierto éxito, pero existen limitaciones y una gran dependencia del interés de los socios comerciales en elevar sus estándares. La Comisión pretende mantener e intensificar sus esfuerzos a escala internacional.
Dado que la UE es un gran importador de alimentos, la Comisión estudiará esta cuestión en la evaluación de impacto para la revisión de la legislación sobre bienestar animal, explorando las siguientes opciones no mutuamente excluyentes y sus posibles combinaciones (véase más adelante). Cualquier medida que la UE adopte en el futuro deberá cumplir las normas de la OMC.
Opción 1 Cooperación reforzada con los socios comerciales
La Comisión establecerá «rutas de conocimiento» específicas para difundir información científica actualizada sobre alternativas a los sistemas de cría en jaulas. Procurará mejorar la cooperación con los socios comerciales, en particular aquellos con los que la UE tiene un acuerdo de libre comercio o con los que se están llevando a cabo o están previstas negociaciones comerciales. Esto estará en consonancia con el espíritu de las «alianzas/asociaciones verdes» a las que se hace referencia en la estrategia «De la Granja a la Mesa» y debería impulsar la adopción global de las normas de la UE sobre bienestar animal. La cooperación bilateral se combinará con enfoques similares con organizaciones internacionales y organismos regionales.
Opción 2 Imposición de algunas normas de la UE a las importaciones
La Comisión evaluará las posibilidades de traducir las normas de la UE sobre las jaulas en requisitos específicos que se apliquen a las importaciones, tras un periodo de transición adecuado, pero velando por que se aborden las inquietudes de los ciudadanos. Durante el periodo de transición, la UE podría proporcionar apoyo o incentivos a los países socios de los que importa los animales o productos en cuestión, por ejemplo, mediante:
| - | Asistencia técnica y oportunidades de cooperación ofrecidas en el marco de los acuerdos comerciales actuales y futuros, y |
| - | Programas de vecindad y preadhesión para mejorar los sistemas agrícolas con el fin de cumplir los requisitos de la UE y apoyar la transición a sistemas sin jaulas. |
A esto se añadirá la formación a los inspectores de terceros países (en el marco del programa «Mejora de la formación para aumentar la seguridad alimentaria») y la organización de actividades de sensibilización.
Opción 3 Un sistema de etiquetado de bienestar animal aplicable también a las importaciones
La Comisión evaluará la viabilidad de introducir requisitos de etiquetado para informar a los consumidores de la UE de si los productos se obtienen o no de animales criados en jaulas. Estos requisitos se aplicarían a todos los productos comercializados en el mercado de la UE, incluidas las importaciones, en pleno cumplimiento de las obligaciones internacionales de la UE.
En cuanto a las opciones 2 y 3, los países candidatos podrían incluir propuestas de proyectos en los epígrafes de agricultura y bienestar animal, incluidos proyectos para eliminar gradualmente las jaulas, por ejemplo, utilizando el Instrumento de Ayuda Preadhesión (IAP) (49). El Instrumento de Vecindad, Cooperación al Desarrollo y Cooperación Internacional (IVCDCI) - «Europa global» (50) es un instrumento financiero disponible para otros países no pertenecientes a la UE, incluidos los vecinos de la UE.
4. CONCLUSIONES Y PERSPECTIVAS
Como respuesta a la iniciativa ciudadana europea «End the Cage Age» (Acabemos con las jaulas), la Comisión formula las siguientes conclusiones:
La iniciativa «End the Cage Age» (Acabemos con las jaulas) refleja las inquietudes de la sociedad, respaldadas por pruebas científicas, sobre la necesidad de prohibir las jaulas para especies específicas de animales de granja. La iniciativa está en consonancia con las deliberaciones de la Comisión sobre las medidas en este ámbito. La Comisión incorporará los objetivos de la iniciativa en la aplicación del Pacto Verde Europeo y en la estrategia «De la Granja a la Mesa».
Para ser más exactos, la Comisión prevé presentar una propuesta legislativa para finales de 2023 que elimine gradualmente y prohíba finalmente el uso de jaulas para todas las especies y categorías animales a las que se hace referencia en la iniciativa (gallinas ponedoras, conejos, pollitas, reproductoras de pollos de engorde, reproductoras de gallinas ponedoras, codornices, patos y gansos) como parte de la revisión prevista de la legislación de la UE en materia de bienestar animal, en condiciones (incluida la duración del periodo de transición) que se determinarán sobre la base de los dictámenes de la EFSA, los resultados de una evaluación de impacto y una consulta pública.
Con este fin, la Comisión estudiará la ciencia disponible, una evaluación de las repercusiones sociales, económicas y medioambientales, la evolución de las necesidades y la demanda de los consumidores. Estos elementos se tendrán en cuenta cuando se trate de determinar la duración de un periodo de transición razonable y las medidas complementarias y de apoyo para facilitar la transición. La Comisión, en particular, evaluará la viabilidad de trabajar para que la legislación propuesta entre en vigor a partir de 2027.
Puesto que la UE es un gran importador de productos alimentarios, también tiene una responsabilidad social con respecto a los productos que importa. Por tanto, la UE mantendrá e intensificará sus esfuerzos bilaterales y multilaterales para elevar los niveles de bienestar animal en terceros países. En la evaluación de impacto, la Comisión considerará opciones para abordar la cuestión, como la introducción de reglas o normas para los productos importados que sean equivalentes a las de la UE o un requisito de etiquetado, de conformidad con las normas de la OMC. Con ello se tendrán en cuenta las demandas de los ciudadanos de la UE y la necesidad de una solución armonizada a escala de la UE para salvaguardar el mercado único.
La Comisión adoptará y promoverá o aplicará medidas de apoyo específicas en ámbitos de actuación clave relacionados, como la PAC, el comercio y la investigación y la innovación, para facilitar una transición sostenible y económicamente viable.
(1) Reglamento (UE) 2019/788 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, sobre la iniciativa ciudadana europea (DO L 130 de 17.5.2019, p. 55).
(2) En el anexo se proporcionan más detalles procedimentales sobre la iniciativa, incluidos los umbrales requeridos, y el número de declaraciones de apoyo.
(3) https://europa.eu/citizens-initiative/initiatives/details/2018/000004_es
(4) https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/B-9-2021-0296_ES.html
(5) https://ec.europa.eu/info/publications/communication-european-green-deal_en
(6) https://ec.europa.eu/food/farm2fork_en
(7) Directiva 98/58/CE del Consejo, de 20 de julio de 1998, relativa a la protección de los animales en las explotaciones ganaderas (DO L 221 de 8.8.1998, p. 23).
(8) Directiva 1999/74/CE del Consejo, de 19 de julio de 1999, por la que se establecen las normas mínimas de protección de las gallinas ponedoras (DO L 203 de 3.8.1999, p. 53).
(9) Directiva 2008/120/CE del Consejo, de 18 de diciembre de 2008, relativa a las normas mínimas para la protección de cerdos (DO L 47 de 18.2.2009, p. 5).
(10) Directiva 2008/119/CE del Consejo, de 18 de diciembre de 2008, relativa a las normas mínimas para la protección de terneros (DO L 10 de 15.1.2009, p. 7).
(11) https://ec.europa.eu/info/strategy/priorities-2019-2024/european-green-deal_es
(12) https://ec.europa.eu/food/farm2fork_en
(13) Los regímenes ecológicos son regímenes de pago en la agricultura destinados a proteger el medio ambiente, el clima y el bienestar de los animales: https://ec.europa.eu/eurostat/statistics-explained/index.php?title=Glossary:Eco-schemes
(14) La lista de posibles prácticas agrícolas que los regímenes ecológicos podrían apoyar está disponible en https://ec.europa.eu/info/sites/info/files/food-farming-fisheries/key_policies/documents/factsheet-agri-practices-under-ecoscheme_en.pdf
(15) https://ec.europa.eu/eip/agriculture/en/about
(16) El procedimiento legislativo relativo a la reforma de la PAC sigue en curso. Así pues, la descripción de sus principales elementos relativos al bienestar está sujeta a la aprobación definitiva por parte de los colegisladores.
(17) La denominada «condicionalidad» en el marco de la PAC desde 2003. El cumplimiento no se comprueba sistemáticamente antes del pago, pero a posteriori los controles sobre el terreno de la condicionalidad son obligatorios para un mínimo del 1 % de los beneficiarios. Se trata de una herramienta eficaz para sensibilizar a los beneficiarios sobre los requisitos de bienestar de los animales: https://ec.europa.eu/info/food-farming-fisheries/key-policies/common-agricultural-policy/income-support/cross-compliance_es
(18) Las recomendaciones están adaptadas y dirigidas a cada uno de los Estados miembros. Pretenden ayudar a cada Estado miembro a elaborar su plan estratégico nacional de la PAC, mediante la identificación de los ámbitos clave en los que debería centrarse: https://ec.europa.eu/info/food-farming-fisheries/key-policies/common-agricultural-policy/cap-strategic-plans_en#cap-strategic-plans-recommendations
(19) Estudio de evaluación de las medidas y los instrumentos de la PAC que promueven el bienestar de los animales y la reducción del uso de antimicrobianos (AGRI-2020-0319; previsto para octubre de 2021).
(20) Panel de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria en materia de sanidad y bienestar animal (AHAW), Health and welfare of rabbits farmed in different production systems, dictamen científico (EFSA-Q-2019-00593); adoptado el 21 de noviembre de 2019: https://www.efsa.europa.eu/en/efsajournal/pub/5944
(21) End the cage age: looking for alternatives - Overview of alternatives to cage housing and the impact on animal welfare and other aspects of sustainability (30 de noviembre de 2020): https://www.europarl.europa.eu/thinktank/en/document.html?reference=IPOL_STU%282020 %29658539 https://www.europarl.europa.eu/RegData/etudes/STUD/2020/658539/IPOL_STU(2020)658539_EN.pdf
(22) Compassion in World Farming (21 de febrero de 2021), Scientific briefing on caged farming - overview of scientific research on caged farming of laying hens, sows, rabbits, ducks, geese, calves and quail: https://www.ciwf.eu/media/7444223/ciwf-february-2021-scientific-briefing-on-caged-farming.pdf
(23) Por ejemplo: Assessment of environmental and socio-economic impacts of increased animal welfare standards - transitioning towards cage-free farming in the EU, informe estratégico: https://ieep.eu/publications/assessment-of-environmental-and-socio-economic-impacts-of-increased-animal-welfare-standards Comité Económico y Social Europeo, The farming profession and the profitability challenge, dictamen (adoptado el 18 de julio de 2019).
(24) La agricultura de «bajos insumos», cuando se refiere a los animales, engloba la agricultura «extensiva», el acceso al aire libre, el recurso a las razas locales, etc., lo que puede derivar en una mejora del bienestar y en la reducción del uso de antibióticos.
(25) Por «agricultura de precisión», cuando se refiere a los animales, se entiende cualquier tecnología que permita realizar un seguimiento del ganado; por ejemplo, colocar una cámara en un establo puede ayudar a detectar un problema específico en una fase temprana.
(26) Red de ministerios y consejos de investigación europeos fundada en 2004 que financia la investigación sobre la alimentación ecológica y los sistemas de explotación.
(27) https://projects.au.dk/coreorganiccofund/core-organic-cofund-projects/
(28) https://www.grouphousenet.eu/about-2
(29) https://ec.europa.eu/info/research-and-innovation/funding/funding-opportunities/funding-programmes-and-open-calls/horizon-europe/cluster-6-food-bioeconomy-natural-resources-agriculture-and-environment_en
(30) Attitudes of Europeans towards animal welfare, Eurobarómetro Especial 442 (marzo de 2016): file:///C:/Users/sandekn/AppData/Local/Packages/Microsoft.MicrosoftEdge_8wekyb3d8bbwe/TempState/Downloads/ebs_442_en%20(1).pdf
(31) https://europa.eu/eurobarometer/surveys/detail/2096
(32) Directiva 98/58/CE del Consejo, de 20 de julio de 1998, relativa a la protección de los animales en las explotaciones ganaderas (DO L 221 de 8.8.1998, p. 23).
(33) https://www.efsa.europa.eu/es/topics/topic/animal-welfare
(34) https://ec.europa.eu/food/animals/welfare/strategy/evaluation_strategy_en
(35) El control de adecuación abarcará la Directiva 98/58/CE, la Directiva 1999/74/CE, el Reglamento (CE) n.º 1/2005, la Directiva 2007/43/CE, la Directiva 2008/119/CE, la Directiva 2008/120/CE y el Reglamento (CE) n.º 1099/2009, así como las normas de ejecución pertinentes.
(36) Los resultados del estudio se esperan para finales de 2021.
(37) Por ejemplo: Proyecto piloto de gallinas (SANTE-2020-G5 051) sobre gallinas ponedoras, pollitas y reproductoras de gallinas ponedoras (previsto para 2022); Estudio de evaluación de las medidas y los instrumentos de la PAC que promueven el bienestar de los animales y la reducción del uso de antimicrobianos (AGRI-2020-0319; previsto para octubre de 2021).
(38) Código Sanitario para los Animales Terrestres, Sección 7: https://www.oie.int/en/standard-setting/terrestrial-code/access-online/ Código Sanitario para los Animales Acuáticos, Sección 7 https://www.oie.int/en/standard-setting/aquatic-code/access-online/
(39) La «intensidad de la ayuda» se refiere a la proporción de ayuda pública (de la UE o nacional) en la inversión global. Un aumento de la intensidad de la ayuda reduce la proporción que debe pagar el agricultor.
(40) En virtud del Reglamento (UE) n.º 1144/2014, la política de promoción implica oportunidades de cofinanciación dirigidas por la UE o las asociaciones interprofesionales para actividades de promoción.
(41) https://ec.europa.eu/info/sites/info/files/food-farming-fisheries/farming/documents/com2021_141-organic-action-plan_en.pdf
(42) https://ec.europa.eu/info/food-farming-fisheries/key-policies/common-agricultural-policy/income-support/cross-compliance/fas_es
(43) https://ec.europa.eu/jrc/en/publication/eu-gpp-criteria-food-procurement-catering-services-and-vending-machines
(44) https://ec.europa.eu/food/safety/btsf_en
(45) Los Estados miembros se encargan de decidir y financiar íntegramente la ayuda estatal: https://ec.europa.eu/competition/sectors/agriculture/overview_en.html
(46) Revisión de la política comercial - Una política comercial abierta, sostenible y firme, Comunicación al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones (adoptado el 18 de febrero de 2021): https://eur-lex.europa.eu/resource.html?uri=cellar:5bf4e9d0-71d2-11eb-9ac9-01aa75ed71a1.0010.02/DOC_1&format=PDF
(47) Artículo 30 del Reglamento (CE) n.º 589/2008 de la Comisión, de 23 de junio de 2008, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.º 1234/2007 del Consejo en lo que atañe a las normas de comercialización de los huevos (DO L 163 de 24.6.2008, p. 6).
(48) Artículo 12 del Reglamento (CE) n.º 1099/2009 del Consejo, de 24 de septiembre de 2009, relativo a la protección de los animales en el momento de la matanza (DO L 303 de 18.11.2009, p. 1).
(49) Overview - Instrument for Pre-accession Assistance
(50) factsheet-mff-multiannual-financial-framework-v09_en.pdf
ANEXO
ASPECTOS PROCEDIMENTALES DE LA INICIATIVA CIUDADANA TITULADA «END THE CAGE AGE» (ACABEMOS CON LAS JAULAS)
De conformidad con el artículo 4, apartado 2, y el artículo 10 del Reglamento (UE) n.º 211/2011 sobre la iniciativa ciudadana, la Comisión registró la presente iniciativa el 11 de septiembre de 2018 y publicó la información pertinente en su registro en línea, en: https://europa.eu/citizens-initiative/initiatives/details/2018/000004_es
Los miembros del comité de ciudadanos registrado en la Comisión son residentes de los siguientes Estados miembros: República Checa, Alemania, Grecia, Francia, Italia, Países Bajos y Polonia.
La iniciativa fue registrada en inglés. Su título, objeto y objetivos se publicaron en todas las lenguas oficiales de la UE.
De conformidad con el Reglamento sobre la iniciativa ciudadana, los formularios utilizados por los ciudadanos para expresar su apoyo a la iniciativa contenían su título, objeto y objetivos, además de un enlace al registro en línea, para que los ciudadanos pudieran acceder a información más detallada.
El periodo de recogida de doce meses empezó en la fecha de registro y terminó el 11 de septiembre de 2019. Una vez que las autoridades nacionales competentes verificaron las declaraciones de apoyo recogidas, los organizadores presentaron la iniciativa a la Comisión el 2 de octubre de 2020, junto con los certificados emitidos por las autoridades competentes de los Estados miembros, de conformidad con el artículo 9 del Reglamento.
Los organizadores recogieron declaraciones de apoyo válidas que superaron los umbrales en un número récord de dieciocho Estados miembros. Las cifras reflejadas en los certificados se presentan en el cuadro siguiente:
| Estado miembro | Número de firmantes | Umbral de admisibilidad para un mínimo de siete Estados miembros |
| Austria | 20 403 | 13 500 |
| Bélgica | 62 397 | 15 750 |
| Bulgaria | 17 986 | 12 750 |
| Croacia | 12 498 | 8 250 |
| Chipre | 1 610 | 4 500 |
| República Checa | 49 219 | 15 750 |
| Dinamarca | 47 336 | 9 750 |
| Estonia | 3 560 | 4 500 |
| Finlandia | 32 716 | 9 750 |
| Francia | 89 600 | 55 500 |
| Alemania | 474 753 | 72 000 |
| Grecia | 9 003 | 15 750 |
| Hungría | 2 550 | 15 750 |
| Irlanda | 14 646 | 8 250 |
| Italia | 90 085 | 54 750 |
| Letonia | 3 631 | 6 000 |
| Lituania | 8 449 | 8 250 |
| Luxemburgo | 5 510 | 4 500 |
| Malta | 1 694 | 4 500 |
| Países Bajos | 153 958 | 19 500 |
| Polonia | 54 039 | 38 250 |
| Portugal | 13 948 | 15 750 |
| Rumanía | 8 308 | 24 000 |
| Eslovaquia | 29 413 | 9 750 |
| Eslovenia | 3 553 | 6 000 |
| España | 85 756 | 40 500 |
| Suecia | 46 378 | 15 000 |
| Reino Unido (1) | 54 114 | 54 750 |
| Total | 1 397 113 |
Habida cuenta de que la iniciativa se registró antes del 1 de enero de 2020, la recogida y verificación de las declaraciones de apoyo y la presentación de la iniciativa válida a la Comisión se rigieron por el Reglamento (UE) n.º 211/2011. El posterior examen de la iniciativa por parte de la Comisión y su respuesta, tal como se expone en la presente Comunicación, se rigen por el Reglamento (UE) 2019/788 sobre la iniciativa ciudadana europea, que se aplica a partir del 1 de enero de 2020 (tras haber sustituido y derogado el Reglamento (UE) n.º 211/2011).
La Comisión recibió a los organizadores el 30 de octubre de 2020. Contaba con la representación de la vicepresidenta Jourová, la comisaria Kyriakides y los altos funcionarios de los servicios pertinentes.
El 15 de abril de 2021, se ofreció a los organizadores la oportunidad de exponer la iniciativa en una audiencia pública celebrada por el Parlamento Europeo, en virtud del artículo 14, apartado 2, del Reglamento (UE) 2019/788 (2). La Comisión contó con la representación de la vicepresidenta Jourová y los comisarios Kyriakides y Wojciechowski.
(1) El período de recogida concluyó el 11 de septiembre de 2019. Las declaraciones de apoyo presentadas en el formulario del Reino Unido pudieron tenerse en cuenta, ya que fueron verificadas y certificadas antes de la fecha de retirada del Reino Unido de la Unión Europea.
(2) Con la aprobación de los organizadores, la audiencia pública se aplazó debido a la pandemia de COVID-19 y se celebró a distancia, en consonancia con el Reglamento (UE) 2020/1042 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de julio de 2020, por el que se establecen medidas temporales relativas a los plazos para las fases de recogida, verificación y examen previstos en el Reglamento (UE) 2019/788 sobre la iniciativa ciudadana europea habida cuenta del brote de COVID-19 (DO L 231 de 17.7.2020, p. 7).
