Legislación

Corrección de erratas en la Ley 11/2025, de 29 de diciembre, de medidas en materia de vivienda y urbanismo (DOGC núm. 9574, de 31.12.2025)

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Ambito: Cataluña

Estado: VIGENTE. Validez desde 19 de Febrero de 2026

F. entrada en vigor: 19/02/2026

Órgano emisor: Departamento de la Presidencia

Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 9608

F. Publicación: 19/02/2026

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Diario Oficial de Cataluña Número 9608 de 19/02/2026 y no contiene posibles reformas posteriores

Habiéndose detectado una errata en la Ley 11/2025, de 29 de diciembre, de medidas en materia de vivienda y urbanismo, publicada en el DOGC núm. 9574, de 31 de diciembre de 2025, procede realizar la siguiente corrección:

En el artículo 3, apartado 10

Donde dice:

«h) Excepcionalmente, las instalaciones de producción de electricidad mediante fuentes renovables destinadas al autoconsumo con el objetivo de dar servicio a actividades legalmente implantadas ubicadas en sectores limítrofes al suelo no urbanizable y en los que estas instalaciones no puedan ser construidas, ya sea por insuficiencia o por agotamiento del espacio disponible dentro del sector.»

debe decir:

«h) Excepcionalmente, las instalaciones de producción de energía mediante fuentes renovables destinadas al autoconsumo con el objetivo de dar servicio a actividades legalmente implantadas ubicadas en sectores limítrofes al suelo no urbanizable y en los que estas instalaciones no puedan ser construidas, ya sea por insuficiencia o por agotamiento del espacio disponible dentro del sector.»

Barcelona, 3 de febrero de 2026

Albert Capelleras González

Secretario general