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CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. - Boletín Oficial del Estado, de 13-03-2001

Tiempo de lectura: 2 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Noviembre de 2003

F. entrada en vigor: 02/04/2001

Órgano emisor: MINISTERIO DE ECONOMIA

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 62

F. Publicación: 13/03/2001

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial del Estado Número 62 de 13/03/2001 y no contiene posibles reformas posteriores

Advertidos errores en el texto del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 310, de 27 de diciembre de 2000, se procede a efectuar las oportunas modificaciones:

En la página 45998, segunda columna, artículo 38, apartado 2, última línea, donde dice: «...la disposición adicional quinta del presente Real Decreto.», debe decir: «...la disposición adicional sexta del presente Real Decreto.».

En la página 46036, primera columna, disposición transitoria primera, primera línea, donde dice: «...los artículos 112 y 119.3...», debe decir: «...los artículos 112 y 120.3...».

En la página 46036, segunda columna, disposición transitoria tercera, apartado 2, tercera línea, donde dice: «...transformadores 220/119-132 kV bajo su gestión...», debe decir: «...transformadores 400/110-132 kV y 220/110-132 kV bajo su gestión...».

En la página 46037, segunda columna, disposición final primera, apartado 2, primera línea, donde dice: «...este Real Decreto tendrá...», debe decir: «...este Real Decreto no tendrá...».

En la página 46038, primera columna, disposición final tercera, segundo párrafo, segunda línea, donde dice: «...el artículo 100...», debe decir: «...el artículo 104...».

En la página 46038, primera columna, disposición final quinta, segundo párrafo, tercera línea, donde dice: «...el artículo 99.2.. », debe decir: «...el artículo 103.2...».