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Corrección de errores del Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios., - Boletín Oficial del Estado, de 23-09-2017

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Ambito: BOE

Órgano emisor: MINISTERIO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMPETITIVIDAD

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 230

F. Publicación: 23/09/2017

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial del Estado Número 230 de 23/09/2017 y no contiene posibles reformas posteriores

Advertidos errores en el Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 139, de 12 de junio de 2017, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 48366, punto 4.2 del anexo I, donde dice:

«2. Los extintores de incendio, sus características y especificaciones serán conformes a las exigidas en el Real Decreto 769/1999, de 7 de mayo, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 97/23/CE, relativa a los equipos de presión y se modifica el Real Decreto 1244/1979, de 4 de abril, que aprobó el Reglamento de aparatos a presión.»

debe decir:

«2. Los extintores de incendio, sus características y especificaciones serán conformes a las exigidas en el Real Decreto 709/2015, de 24 de julio, por el que se establecen los requisitos esenciales de seguridad para la comercialización de los equipos a presión.»

En la página 48371, punto 12.2 del anexo I, donde dice:

«2. Los generadores de aerosoles podrán utilizarse en los sistemas fijos de extinción por aerosoles condensados, siempre que cumplan el Real Decreto 472/1988, de 30 de marzo, y el Real Decreto 1381/2009, de 28 de agosto.»

debe decir:

«2. Los generadores de aerosoles podrán utilizarse en los sistemas fijos de extinción por aerosoles condensados, siempre que cumplan el Real Decreto 1381/2009, de 28 de agosto.»