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Corrección de errores del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea., - Boletín Oficial del Estado, de 25-07-2023

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Ambito: BOE

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 176

F. Publicación: 25/07/2023

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Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial del Estado Número 176 de 25/07/2023 y no contiene posibles reformas posteriores

Advertido error en el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 154, de 29 de junio de 2023, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

En la página 90733, en el artículo 194, en el apartado tres, donde dice:

«Tres. Se incluye una letra f) en el apartado 2 del artículo 6 con la siguiente redacción:

f) En el caso de las cooperativas agroalimentarias que procedan de una fusión de al menos dos entidades cooperativas en los últimos dos años. »

Debe decir:

«Tres. Se incluye una letra g) en el apartado 2 del artículo 6 con la siguiente redacción:

g) En el caso de las cooperativas agroalimentarias que procedan de una fusión de al menos dos entidades cooperativas en los últimos dos años. »