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CORRECCION de errores y erratas de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de regimen economico y de prestacion de servicios de los puertos de interes general. - Boletín Oficial del Estado, de 03-02-2004

Tiempo de lectura: 3 min

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Ambito: BOE

Estado: DEROGADO. Desde 03 de Febrero de 2004

F. entrada en vigor: 23/02/2004

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 29

F. Publicación: 03/02/2004

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial del Estado Número 29 de 03/02/2004 y no contiene posibles reformas posteriores

Advertidos errores y erratas en el texto de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 284, de 27 de noviembre de 2003, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 42143, en el artículo 22.5 I) a) , primera columna, donde dice: «En puesto de fondeo con amarre a puerto» , debe decir: «En puesto de fondeo con amarre a muerto» .

En la página 42145, en el artículo 24.5. I A) . a. 1) , 1. o , primera columna, en el cuadro, donde dice: «Concepto» , debe decir: «Grupo de mercancía» , y donde dice: «Euros/unidad» , debe decir: «Euros/tonelada » .

En la página 42153, en el artículo 38.1, en la primera columna, párrafo primero, donde dice: «de un Plan Director (. . .)» , debe decir: «del Plan Director (. . .)» .

En la página 42156, en el artículo 50.1, tercer párrafo, primera columna, donde dice: «Cuanto el conjunto de los compromisos contraídos (. . .)» , debe decir: «Cuando el conjunto de los compromisos contraídos (. . .)» .

En la misma página, en el artículo 51.1, segunda columna, donde dice: « puede ajustarse a las normas de derecho civil o mercantil» , debe decir: « pueda sujetarse a las normas de derecho civil o mercantil» .

En la página 42160, en el artículo 65.1, segunda columna, línea diecinueve, donde dice: «(. . .) de los servicios técniconáuticos» , debe decir: «de los servicios de practicaje y técniconáuticos» .

En la misma página, en el artículo 65.2, segunda columna, sexta línea, donde dice: «aquellas inscripciones» , debe decir: «aquellas prescripciones» .

En la página 42161, en el artículo 65.2, segundo párrafo, primera columna, donde dice: «En los servicios de practicaje técniconáuticos (. . .)» , debe decir: «En los servicios de practicaje y técniconáuticos (. . .)» .

En la página 42165, en el artículo 77.4, segunda columna, donde dice: «El titular de una licencia para la prestación de un servicio técnico de practicaje (. . .)» , debe decir: «El titular de una licencia para la prestación de un servicio de practicaje (. . .)» .

En la página 42188, en la disposición adicional octava, primera columna, línea primera, debe aludirse al «Real Decreto 2541/1994, de 29 de diciembre» .

En la página 42192, en la disposición transitoria décima, primera columna, apartado 1, debe aludirse al «Real Decreto 2541/1994, de 29 de diciembre» .

En la página 42196, en la disposición final sexta, segunda columna, la relación de párrafos ha de finalizar con la letra g) . Por tanto, el contenido del párrafo h) figurará a continuación del párrafo g) , sin letra y en punto y aparte.

En la página 42222, en el código 7209, el subíndice «a» debe sustituirse por la letra «A» .