CORRECCIÓN DE ERRATAS en el Decreto ley 2/2015, de 28 de julio, por el que se modifica parcialmente el Texto refundido de la Ley del Instituto Catalán de Finanzas, aprobado por el Decreto legislativo 4/2002, de 24 de diciembre (DOGC núm. 6924, de 30.7.2015)., - Diario Oficial de Cataluña, de 03-08-2015
Ambito: Cataluña
Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA
Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 6926
F. Publicación: 03/08/2015
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Habiendo observado una errata en el texto del citado Decreto, enviado al DOGC y publicado con el núm. 6924, de 30.7.2015, se detalla la oportuna corrección:
En la página 4, en el artículo 10, donde dice:
Se modifica el artículo 25 del Texto refundido de la Ley del Instituto Catalán de Finanzas, aprobado por Decreto legislativo 4/2002, de 24 de diciembre, que queda redactado de la manera siguiente:
'Artículo 25
Los cargos de presidente o presidenta, consejero delegado o consejera delegada, de vocal de la Junta de Gobierno, y de titular de una unidad funcional del Instituto, están sujetos al régimen de incompatibilidades de los altos cargos de la Administración de la Generalidad, así como a lo que la normativa vigente establezca para los órganos de administración de las entidades de crédito.'
debe decir:
Se modifica el artículo 25 del Texto refundido de la Ley del Instituto Catalán de Finanzas, aprobado por Decreto legislativo 4/2002, de 24 de diciembre, que queda redactado de la manera siguiente:
'Artículo 25
Los cargos de presidente o presidenta, consejero delegado o consejera delegada, de vocal dominical de la Junta de Gobierno, y de titular de una unidad funcional del Instituto, están sujetos al régimen de incompatibilidades de los altos cargos de la Administración de la Generalidad, así como a lo que la normativa vigente establezca para los órganos de administración de las entidades de crédito.'
Barcelona, 31 de julio de 2015
Albert Carreras
Secretario general