Corrección de errores en el Conflicto positivo de competencia n.º 4088-2019, contra los artículos 5; 6; 7; 8.2, .3 y .4; 10; 11 y 12 a 36; 38.2 y .4; 39.3.b), .4.c) y .4.e) del Reglamento de Adopción Internacional aprobado por el Real Decreto 165/2019, de 22 de marzo, y por conexión, en relación con la disposición transitoria única y la disposición final primera de este Real Decreto., - Boletín Oficial del Estado, de 02-08-2019
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Ambito: BOE
Órgano emisor: TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 184
F. Publicación: 02/08/2019
Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial del Estado Número 184 de 02/08/2019 y no contiene posibles reformas posteriores
Por Providencia de 26 de julio de 2019, el Pleno en el asunto de referencia, ha acordado, de conformidad con lo previsto en el art. 80 de la LOTC, en relación con el art. 267 LOPJ, rectificar el siguiente error material advertido en el apartado primero de la Providencia dictada el 16 de julio actual, donde dice: «Real Decreto 165/2019, de 22 de marzo», debe decir: «Real Decreto 165/2019, de 22 de marzo, y por conexión, en relación con la disposición transitoria única y la disposición final primera de este Real Decreto».

