Legislación

CORRECCIÓN de errores del Decreto 2/2014, de 3 de enero, del Consell, por el que se establece el órgano competente para la gestión y liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en los supuestos de transmisiones patrimoniales onerosas en las que el contribuyente sea un empresario o profesional y que tengan por objeto bienes muebles adquiridos a particulares para su reventa, excepto valores mobiliarios y medios de transporte usados no destinados a su achatarramiento., - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, de 24-01-2014

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Ambito: Comunidad Valenciana

Órgano emisor: CONSELLERIA DE HACIENDA Y ADMINISTRACION PUBLICA

Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 7199

F. Publicación: 24/01/2014

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 7199 de 24/01/2014 y no contiene posibles reformas posteriores

Advertidos errores en el Decreto 2/2014, de 3 de enero, del Consell, por el que se establece el órgano competente para la gestión y liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en los supuestos de transmisiones patrimoniales onerosas en las que el contribuyente sea un empresario o profesional y que tengan por objeto bienes muebles adquiridos a particulares para su reventa, excepto valores mobiliarios y medios de transporte usados no destinados a su achatarramiento, publicado en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana número 7186, de 7 de enero de 2014, se procede a su corrección en los siguientes términos:

En el primer párrafo del preámbulo, donde dice:

«El artículo 14 bis, apartado 3, de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de la Generalitat, por la que se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y restantes tributos cedidos, creado por el Decreto Ley 4/2013, de 2 de agosto, del Consell, por el que se establecen medidas urgentes para la reducción del déficit público y la lucha contra el fraude fiscal en la Comunitat Valenciana, así como otras medidas en materia de ordenación del juego»;

Debe decir:

«El artículo 14 ter, apartado 3, de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de la Generalitat, por la que se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y restantes tributos cedidos».

En el título y contenido del artículo Único, donde dice:

«.. apartado tres del artículo 14 bis de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de la Generalitat, por la que se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y restantes tributos cedidos»;

Debe decir:

«.. apartado tres del artículo 14 ter de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de la Generalitat, por la que se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y restantes tributos cedidos».