Legislación

Corrección de errores a las Enmiendas al Anejo I del Acuerdo sobre transportes internacionales de mercancías perecederas y sobre vehículos especiales utilizados en esos transportes (ATP), adoptadas en Ginebra el 13 de octubre de 2017 y el 12 de octubre de 2018., - Boletín Oficial del Estado, de 15-09-2020

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Ambito: BOE

Órgano emisor: MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNION EUROPEA Y COOPERACION

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 246

F. Publicación: 15/09/2020

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial del Estado Número 246 de 15/09/2020 y no contiene posibles reformas posteriores

Advertidos errores en el texto de estas enmiendas, publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» número 223, de 19 de agosto de 2020, se transcriben a continuación las oportunas correcciones:

- Página 71382, 7. Apéndice 2 del anejo 1, iii) Unidades multicompartimento, octavo párrafo, donde dice:

«La unidad se considerará conforme si se cumplen las dos condiciones siguientes:

' En todos los compartimentos se ha alcanzado la temperatura de la clase en el límite de tiempo que figura en la tabla del punto i). Para determinar este límite, se seleccionará la temperatura exterior media más baja (más fría) de los dos conjuntos de medidas obtenidos con los dos sensores exteriores.

Los resultados de los ensayos suplementarios que proceda realizar de los mencionados en el punto iii) son satisfactorios.»

Debe decir:

«La unidad se considerará conforme si se cumplen las dos condiciones siguientes:

a) En todos los compartimentos se ha alcanzado la temperatura de la clase en el límite de tiempo que figura en la tabla del punto i). Para determinar este límite, se seleccionará la temperatura exterior media más baja (más fría) de los dos conjuntos de medidas obtenidos con los dos sensores exteriores.

b) Los resultados de los ensayos suplementarios que proceda realizar de los mencionados en el punto iii) son satisfactorios.»