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Corrección de errores de la Ley 5/2025, de 16 de diciembre, de Vivienda de Andalucía.

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Ambito: Andalucía

Estado: VIGENTE. Validez desde 12 de Marzo de 2026

F. entrada en vigor: 12/03/2026

Órgano emisor: Presidencia

Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 49

F. Publicación: 12/03/2026

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 49 de 12/03/2026 y no contiene posibles reformas posteriores

Detectado error en el texto publicado de la Ley 5/2025, de 22 de diciembre, de Vivienda de Andalucía, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 247, de 24 de diciembre de 2025, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

En la letra f) de la disposición derogatoria única de la citada ley (pág. 17103/91 del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 247, de 24 de diciembre de 2025).

Donde dice: «Los artículos 2, 3, 4, 5 de la disposición adicional segunda y los artículos 15, 30, 31, 32, 33, 34, 39, 40, 45, 46, 47, 48 y 49 del Anexo I del Decreto 149/2006, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas Protegidas de la Comunidad Autónoma de Andalucía y se desarrollan determinadas disposiciones de la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de medidas en materia de Vivienda Protegida y el Suelo.»

Debe decir: «Los artículos 2, 3, 4, 5, la disposición adicional segunda y los artículos 15, 30, 31, 32, 33, 34, 39, 40, 45, 46, 47, 48 y 49 del Anexo I del Decreto 149/2006, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas Protegidas de la Comunidad Autónoma de Andalucía y se desarrollan determinadas disposiciones de la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de medidas en materia de Vivienda Protegida y el Suelo.»