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CORRECCIÓN DE ERRORES de Ley Foral 5/2015, de 5 de marzo, de medidas para favorecer el urbanismo sostenible, la renovación urbana y la actividad urbanística en Navarra, que modifica la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo., - Boletín Oficial de Navarra, de 14-05-2015

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Ambito: Navarra

Órgano emisor: 1.1. DISPOSICIONES GENERALES

Boletín: Boletín Oficial de Navarra Número 92

F. Publicación: 14/05/2015

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de Navarra Número 92 de 14/05/2015 y no contiene posibles reformas posteriores

Advertidos errores en la Ley Foral 5/2015, de 5 de marzo, de medidas para favorecer el urbanismo sostenible, la renovación urbana y la actividad urbanística en Navarra, que modifica la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, publicada en el Boletín Oficial de Navarra de 16 de marzo, número 51 de 2015, se procede a realizar las oportunas rectificaciones del artículo único:

1.ª En el apartado Seis, página 3212, apartado 2 del artículo 37, donde dice:

'..revisión del Plan Territorial ..'

Debe decir:

'..revisión del Plan de Ordenación Territorial ..'

2.ª En el apartado Siete, página 3212, apartado 5 del artículo 41, donde dice:

'..departamento competente en materia de ordenación del territorio ..'

Debe decir:

'..departamento competente en materia de ordenación del territorio y urbanismo ..'

3.ª En el apartado Trece, página 3212, donde dice:

'Se añade una nueva letra f) al apartado 2 del artículo 44, con el siguiente contenido:

'f) Normativa reguladora de uso y protección del suelo en el ámbito del proyecto y su justificación'.

Debe decir:

'Se añaden dos nuevas letras f) y g) al apartado 2 del artículo 44, con el siguiente contenido:

'f) Normativa reguladora de uso y protección del suelo en el ámbito del proyecto y su justificación.

g) Síntesis y conclusiones del proceso de participación pública'.

4.ª En el apartado Diecinueve, página 3213, nueva letra l) del apartado 3 del artículo 49, donde dice:

'..l) Determinaciones por lograr ..'

Debe decir:

'..l) Determinaciones para lograr ..'

5.ª En el apartado Treinta y dos, página 3216, apartado 4 del artículo 61 bis, donde dice:

'..ejecución de la actuaciones señaladas ..'

Debe decir:

'..ejecución de las actuaciones señaladas ..'

6.ª En el apartado Treinta y ocho, página 3218, apartado 2 del artículo 74, donde dice:

'..apartados 7 y 8 del artículo 70 de esta Ley Foral ..'

Debe decir:

'..apartados 9 y 10 del artículo 70 de esta Ley Foral ..'

7.ª En el apartado Sesenta y tres, página 3222, por el que se modifica el artículo 119, donde dice:

'a) Descripción de la actividad y uso a desarrollar, así como de las construcciones e instalaciones necesarias, con justificación de las mismas.

b) Descripción territorial y urbanística de los terrenos en los que se va a implantar.

b) Justificación de la necesidad o conveniencia del emplazamiento de la actividad, construcción o uso en el suelo no urbanizable, así como de la idoneidad del mismo.

c) Cabida y límites de la parcela.

d) Características formales y acabados de la edificación.

e) Descripción de las construcciones o instalaciones existentes en la parcela, con indicación de sus características volumétricas y usos, y acreditación de la situación legal de las mismas.

f) Totalidad de los servicios urbanísticos existentes y previstos que sean necesarios para el desarrollo o ejecución de la actuación: acceso rodado, abastecimiento de aguas, saneamiento y depuración, tratamiento de residuos urbanos y energía eléctrica.

g) Actuaciones que impliquen alteración de la topografía del terreno: desmontes, rellenos, taludes, escolleras.

h) Aparcamientos interiores, almacenamiento exterior, jardinería, arbolado y cerramiento de parcela.

i) Análisis y medidas correctoras de la integración paisajística de la actuación.

j) En su caso, el estudio de impacto ambiental o la documentación exigida por la normativa vigente en materia de protección ambiental, que describa la incidencia ambiental de la actividad y las medidas correctoras propuestas.

k) Plano de ordenación de la parcela que incluya todas las actuaciones descritas.

l) Declaración del promotor en la que se comprometa a revertir el suelo a su estado original en un plazo máximo de cinco años en caso de cese de la actividad autorizada.'

Debe decir:

'a) Descripción de la actividad y uso a desarrollar, así como de las construcciones e instalaciones necesarias, con justificación de las mismas.

b) Descripción territorial y urbanística de los terrenos en los que se va a implantar.

c) Justificación de la necesidad o conveniencia del emplazamiento de la actividad, construcción o uso en el suelo no urbanizable, así como de la idoneidad del mismo.

d) Cabida y límites de la parcela.

e) Características formales y acabados de la edificación.

f) Descripción de las construcciones o instalaciones existentes en la parcela, con indicación de sus características volumétricas y usos, y acreditación de la situación legal de las mismas.

g) Totalidad de los servicios urbanísticos existentes y previstos que sean necesarios para el desarrollo o ejecución de la actuación: acceso rodado, abastecimiento de aguas, saneamiento y depuración, tratamiento de residuos urbanos y energía eléctrica.

h) Actuaciones que impliquen alteración de la topografía del terreno: desmontes, rellenos, taludes, escolleras.

i) Aparcamientos interiores, almacenamiento exterior, jardinería, arbolado y cerramiento de parcela.

j) Análisis y medidas correctoras de la integración paisajística de la actuación.

k) En su caso, el estudio de impacto ambiental o la documentación exigida por la normativa vigente en materia de protección ambiental, que describa la incidencia ambiental de la actividad y las medidas correctoras propuestas.

l) Plano de ordenación de la parcela que incluya todas las actuaciones descritas.

m) Declaración del promotor en la que se comprometa a revertir el suelo a su estado original en un plazo máximo de cinco años en caso de cese de la actividad autorizada.'

8.ª En el apartado Setenta y cinco, página 3224, artículo 189 bis, donde dice:

'..que promueven las ..'

Debe decir:

'..que promuevan las ..'

9.ª En el apartado Setenta y ocho, página 3225, apartado 7 del artículo 191, donde dice:

'..se entenderá denegada ..'

Debe decir:

'..se entenderá otorgada ..'

10.ª En el apartado Ochenta, página 3226, apartado 10 del artículo 193, donde dice:

'..licencia se denegase ..'

Debe decir:

'..licencia hubiera de ser denegada ..'

11.ª En el apartado Noventa y ocho, página 3227, disposición adicional decimoquinta, donde dice:

'..estrategia navarra del paisaje ..'

Debe decir:

'..Estrategia Navarra del Paisaje ..'

Pamplona, 29 de abril de 2015.-El Presidente, Alberto Catalán Higueras.

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