Corrección de errores de la Orden 18/2020, de 31 de enero, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se crea y se establece la composición de la Comisión de Coordinación de Economía Circular de Castilla-La Mancha. [2020/1622], - Diario Oficial de Castilla La-Mancha, de 02-03-2020
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Ambito: Castilla-La Mancha
Órgano emisor: CONSEJERIA DE DESARROLLO SOSTENIBLE
Boletín: Diario Oficial de Castilla La-Mancha Número 42
F. Publicación: 02/03/2020
Advertidos errores en la Orden 18/2020, de 31 de enero, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se crea y se establece la composición de la Comisión de Coordinación de Economía Circular de Castilla-La Mancha, publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha nº 28, de 11 de febrero de 2020, se procede a su rectificación, al amparo del artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en los siguientes términos
En la página 3153, donde dice:
Cuarto. La Comisión estará compuesta por los siguientes miembros:
a) Presidencia: La persona titular del órgano con competencias en economía circular.
b) Vicepresidencia Primera: La persona titular de la Viceconsejería con competencias en materia de economía circular.
c) Vicepresidencia Segunda: La persona titular de la Dirección General con competencias en materia de economía circular.
d) Vocalías:
1. Un máximo de quince, correspondientes a las personas titulares de las Direcciones Generales de las Consejerías, que integran la estructura organizativa de esta Administración Regional, cuyo ámbito competencial estén afectadas en el ámbito de la Estrategia de Economía Circular, esto es:
a) Competencias en materia de agenda 2030 y consumo.
b) Competencias en materia de energía.
c) Competencias en materia de medio natural y biodiversidad.
d) Competencias en materia de cohesión territorial.
e) Competencias en materia de desarrollo rural y agua.
f) Competencias en materia de agricultura y ganadería.
g) Competencias en materia de Planificación y programación de las políticas agroambientales.
h) Competencias en materia de planificación territorial y urbanismo.
i) Competencias en materia de transporte y movilidad.
j) Competencias en materia de empresas.
k) Competencias en materia de turismo y comercio.
l) Competencias en materia de política financiera y fondos comunitarios.
m) Competencias en materia de contratación pública del sector público.
n) Competencias en materia de política educativa, universitaria e investigación.
2. Uno en representación de las Organizaciones Profesionales Agrarias con mayor representatividad en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
3. Uno en representación de Cooperativas Agroalimentarias de Castilla-La Mancha.
4. Uno en representación de la Confederación de Empresarios de Castilla- La Mancha.
5. Uno en representación de los gestores de residuos.
6. Uno en representación de la Asociación de empresas energéticas.
7. Uno en representación de la Asociación de Consumidores y usuarios
8. Uno en representación de la Federación de Municipios y Provincias de Castilla-La Mancha.
9. Uno en representación de representación de las organizaciones no gubernamentales con ámbito de actuación y representación en la Región, cuyo objeto social sea la defensa del medio ambiente.
10. Uno en representación de la Universidad de Castilla-La Mancha.
11. Uno en representación de la Universidad de Alcalá de Henares.
e) Secretaría. Corresponderá a una persona funcionaria de la Consejería con competencias en materia de economía circular, designada por la persona titular de la Consejería.
La composición de la Comisión tenderá a garantizar la representación equilibrada de hombres y mujeres en los términos previstos en la Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de Igualdad de Hombres y Mujeres de Castilla-La Mancha .
Debe decir
Cuarto. La Comisión estará compuesta por los siguientes miembros:
a) Presidencia: La persona titular de la Consejería con competencias en economía circular.
b) Vicepresidencia Primera: La persona titular de la Viceconsejería con competencias en materia de economía circular.
c) Vicepresidencia Segunda: La persona titular de la Dirección General con competencias en materia de economía circular.
d) Vocalías:
1. Un máximo de quince, correspondientes a las personas titulares de las Direcciones Generales de las Consejerías, que integran la estructura organizativa de esta Administración Regional, cuyo ámbito competencial estén afectadas en el ámbito de la Estrategia de Economía Circular, esto es:
a) Competencias en materia de agenda 2030 y consumo.
b) Competencias en materia de energía.
c) Competencias en materia de medio natural y biodiversidad.
d) Competencias en materia de cohesión territorial.
e) Competencias en materia de desarrollo rural y agua.
f) Competencias en materia de agricultura y ganadería.
g) Competencias en materia de Planificación y programación de las políticas agroambientales.
h) Competencias en materia de planificación territorial y urbanismo.
i) Competencias en materia de transporte y movilidad.
j) Competencias en materia de empresas.
k) Competencias en materia de turismo y comercio.
l) Competencias en materia de política financiera y fondos comunitarios.
m) Competencias en materia de contratación pública del sector público.
n) Competencias en materia de política educativa, universitaria e investigación.
2. Uno en representación de las Organizaciones Profesionales Agrarias con mayor representatividad en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
3. Uno en representación de Cooperativas Agroalimentarias de Castilla-La Mancha.
4. Uno en representación de la Confederación de Empresarios de Castilla- La Mancha.
5. Uno en representación de los gestores de residuos.
6. Uno en representación de la Asociación española del gas.
7. Uno en representación de la Asociación de empresas de energías renovables.
8. Uno en representación de la Asociación de empresas distribuidoras y productoras de energía eléctrica.
9. Uno en representación de la Asociación de Consumidores y usuarios
10. Uno en representación de la Federación de Municipios y Provincias de Castilla-La Mancha.
11. Uno en representación de representación de las organizaciones no gubernamentales con ámbito de actuación y representación en la Región, cuyo objeto social sea la defensa del medio ambiente.
12. Uno en representación de la Universidad de Castilla-La Mancha.
13. Uno en representación de la Universidad de Alcalá de Henares.
14. Uno en representación de los sindicatos de trabajadores más representativos de la Región.
e) Secretaría. Corresponderá a una persona funcionaria de la Consejería con competencias en materia de economía circular, designada por la persona titular de la Consejería.
La composición de la Comisión tenderá a garantizar la representación equilibrada de hombres y mujeres en los términos previstos en la Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de Igualdad de Hombres y Mujeres de Castilla-La Mancha .
En la página 3154 donde dice:
Sexto. El régimen de funcionamiento de la Comisión será el previsto por lo dispuesto en la sección tercera del Capítulo II, Órganos Colegiados de las distintas Administraciones Públicas, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y por las normas internas de funcionamiento .
Debe decir
Sexto. El régimen de funcionamiento de la Comisión será el previsto por lo dispuesto en la sección tercera del Capítulo II del Título Preliminar, Órganos Colegiados de las distintas Administraciones Públicas, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y por las normas internas de funcionamiento .

