Corrección de errores de la Orden 69/2025, de 14 de mayo, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se aprueba el Plan de Inspección Medioambiental de Castilla-La Mancha 2025-2030., - Diario Oficial de Castilla La-Mancha, de 04-06-2025
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Ambito: Castilla-La Mancha
Órgano emisor: Consejería de Desarrollo Sostenible
Boletín: Diario Oficial de Castilla La-Mancha Número 106
F. Publicación: 04/06/2025
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Corrección de errores de la Orden 69/2025, de 14 de mayo, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se aprueba el Plan de Inspección Medioambiental de Castilla-La Mancha 2025-2030. [2025/4544]
Advertidos errores materiales en la Orden de 69/2025, de 14 de mayo, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se aprueba el Plan de Inspección Medioambiental de Castilla-La Mancha 2025-2030, publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha número 99 de 26 de mayo de 2025, al amparo de lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a su corrección en los siguientes términos:
En la página 17452 del DOCM, apartado 3.3. Índice de riesgo, categoría de riesgo y frecuencia o prioridad de inspección,
Donde dice:
Índice de riesgo final
Categoría de riesgo
Frecuencia de inspección
0
Bajo
Bajo
3 bajo
Trienal
Trienal
Trienal
1
2
3
Medio
1 alto
Bienal
Anual
4
5
Alto
Anual
6
Debe decir:
Índice de riesgo final
Categoría de riesgo
Frecuencia de inspección
0
Bajo
Trienal
1
2
3
Medio
Bienal
4
5
Alto
Anual
6
En la página 17458 del DOCM, apartado 4.1.2.b) Cumplimiento de autorización,
Donde dice:
“Con este criterio se valora el grado de cumplimiento del condicionado de la autorización ambiental integrada por parte del operador. Este criterio se aplicará a partir de la información obtenida de las inspecciones realizadas de acuerdo con los programas de inspección de los tres años anteriores al que incluya la evaluación de riesgo correspondiente.
Grado de cumplimiento AAI
Valor
Total (no se encuentran desviaciones o fueron corregidas)
-1
Muy alto (hasta 3 desviaciones poco relevantes)
Alto (más de 3 desviaciones poco relevantes y/o hasta 1 desviación relevante)
0
Medio (más de 1 desviación relevante y hasta 3 desviaciones relevantes)
Bajo (más de 3 desviaciones relevantes y/o hasta 2 desviaciones muy relevantes)
+1
+1
Muy bajo (se han constatado 3 o más desviaciones muy relevantes)
(*) Instalaciones que no tengan inspección realizada en el período evaluado, se les asignará el valor 0”
Debe decir:
“Con este criterio se valora el grado de cumplimiento del condicionado de la autorización ambiental integrada por parte del operador. Este criterio se aplicará a partir de la información obtenida de las inspecciones realizadas de acuerdo con los programas de inspección de los tres años anteriores al que incluya la evaluación de riesgo correspondiente.
Grado de cumplimiento AAI
Valor
Total (no se encuentran desviaciones o fueron corregidas)
-1
Muy alto (hasta 3 desviaciones poco relevantes)
Alto (más de 3 desviaciones poco relevantes y/o hasta 1 desviación relevante)
0
Medio (más de 1 desviación relevante y hasta 3 desviaciones relevantes)
Bajo (más de 3 desviaciones relevantes y/o hasta 2 desviaciones muy relevantes)
+1
Muy bajo (se han constatado 3 o más desviaciones muy relevantes)
(*) Instalaciones que no tengan inspección realizada en el período evaluado, se les asignará el valor 0”

