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CORRECCIÓN de errores de la Orden EYH/79/2022, de 9 de febrero, por la que se inscribe en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Castilla y León la modificación del Estatuto particular del Colegio Oficial de Médicos de Valladolid., - Boletín Oficial de Castilla y León, de 28-02-2022

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Ambito: Castilla y León

Órgano emisor: CONSEJERIA DE ECONOMIA Y HACIENDA

Boletín: Boletín Oficial de Castilla y León Número 40

F. Publicación: 28/02/2022

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León Número 40 de 28/02/2022 y no contiene posibles reformas posteriores

Advertido error en el texto remitido para su publicación de la ORDEN EYH/79/2022, de 9 de febrero, por la que se inscribe en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Castilla y León la modificación del Estatuto particular del Colegio Oficial de Médicos de Valladolid, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León, Núm. 31, de 15 de febrero de 2022, se procede a efectuar la oportuna rectificación

En la página 6384, en el ANEXO

Donde dice

En el Art. 46, se añade un nuevo párrafo al punto 2, quedando redactado como sigue

Artículo 46. Denegación de Colegiación.

2. Si en el plazo previsto la comunicación a la que se refiere el párrafo anterior, podrá realizarse por correo electrónico u otro medio telemático, debiendo de emitir el Secretario General del Colegio la correspondiente certificación que acredite el envío de la misma.

Debe decir

En el Art. 46, se añade un nuevo párrafo al punto 2, quedando redactado como sigue

Artículo 46. Denegación de Colegiación.

2. Si en el plazo previsto en el punto 5 del artículo 45 el Pleno de la Junta Directiva acordare denegar la colegiación pretendida, lo comunicará por escrito al interesado dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha del acuerdo denegatorio, expresando los fundamentos del mismo y los recursos previstos en el artículo 80 de estos Estatutos.

La comunicación a la que se refiere el párrafo anterior, podrá realizarse por correo electrónico u otro medio telemático, debiendo de emitir el Secretario General del Colegio la correspondiente certificación que acredite el envío de la misma.

2022-02-09