Legislación

CORRECCION de errores del Real Decreto 237/2000, de 18 de febrero, por el que se establecen las especificaciones que deben cumplir los vehiculos especiales para el transporte terrestre de productos alimentarios a temperatura regulada y los procedimientos para el control de conformidad con las especificaciones. - Boletín Oficial del Estado, de 28-07-2000

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico

Ambito: BOE

Órgano emisor: MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGIA

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 180

F. Publicación: 28/07/2000

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Boletín Oficial del Estado Número 180 de 28/07/2000 y no contiene posibles reformas posteriores

Advertidos errores en el texto del Real Decreto 237/2000, de 18 de febrero, por el que se establecen las especificaciones que deben cumplir los vehículos especiales para el transporte de productos alimentarios a temperatura regulada y los procedimientos para el control de conformidad con las especificaciones, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 65, de 16 de marzo de 2000, se procede a efectuar las oportunas modificaciones:

En la página 10803, primera columna, anejo 3, apartado a) , primera línea, donde dice: «El personal que las realice debe ser . . .» , debe decir: «El personal que realice actividades de control debe ser . . .» .

En la página 10807, primera columna, apéndice 3, a continuación de la línea vigésima octava, se debe añadir: «Coeficiente global de transmisión térmica del vehículo de referencia K = . . . W/m 2o C» .

En la página 10807, primera columna, apéndice 3, equipo térmico de vehículos refrigerantes, línea decimocuarta, donde dice: «. . . a una instalación central (3) . . .» , debe decir: «. . . a una instalación central (2) . . .» .

En la página 10808, segunda columna, apéndice 4, después de la última línea, se debe añadir: «Coeficiente global de transmisión térmica del vehículo de referencia K = . . . W/m 2o C» .

En la página 10809, primera columna, apéndice 4, equipo térmico de vehículos refrigerantes, línea decimocuarta, donde dice: «. . . a una instalación central 3 . . .» , debe decir: «. . . a una instalación central (2) . . .» .

En la página 10810, primera columna, apéndice 5, línea cuarta, donde dice: «3. Número/fecha de constr. . .» , debe decir: «Número/fecha de constr. . .» .

En la página 10811, primera columna, apéndice 6, línea vigésima tercera, donde dice: «3. Número/fecha de constr. . .» , debe decir: «Número/fecha de constr. . .» .

En la página 10814, primera columna, apéndice 10, línea undécima, donde dice: «. . . de las placas eutécnicas en m.» , debe decir: «. . . de las placas eutécticas en m.» .

En la página 10815, primera columna, apéndice 12, apartado 8, última línea, donde dice: «Por ejemplo RRC/FRC/IR. 7/2/00.» , debe decir: «Por ejemplo: RRC/FRC/IR.» .