CORRECCION de errores del Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehiculos. - Boletín Oficial del Estado, de 13-02-1999
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Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 05 de Marzo de 1999
F. entrada en vigor: 05/03/1999
Órgano emisor: MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 38
F. Publicación: 13/02/1999
Advertidos errores en el texto del Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 22, de 26 de enero de 1999, se procede a efectuar las oportunas modificaciones:
En la página 3442, primera columna, debe incluirse la siguiente norma:
«Disposición adicional tercera. Contrato de seguro en la circulación de vehículos a motor. Dentro del ámbito de sus competencias las autoridades encargadas de la vigilancia del Tráfico prestarán especial colaboración para el cumplimiento de lo dispuesto en la normativa sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor.»
En la página 3444, primera columna, disposición final tercera, párrafo primero, penúltima línea, donde dice: «. . . presente Reglamento.» ;debe decir: «. . . presente Reglamento. La modificación del anexo 9 requerirá, además, la conformidad del Ministro de Fomento» .
En la página 3448, segunda columna, artículo 14, apartado 2, primer párrafo, última línea, donde dice: «. . . recoge en el anexo I.» ; debe decir: «. . . recoge en el anexo I, previa comprobación de que se encuentran amparados por la autorización de transporte legalmente procedente» .
En la página 3449, primera columna, artículo 15, apartado 5, segundo párrafo, décima línea, donde dice: «. . . sobre dispositivos o materias. . .» ;debe decir: «. . . sobre dispositivos o materiales. . .» .
En los artículos 16, 7, 8, 9, 12, 13; 17, 7, 8, 9, 10, 12, 13; 22, 2, 4; y 23, 5, donde dice: «. . . circular de noche por tramos de vías. . .» ; debe decir: «. . . circular de noche, por tramos de vías. . .» .
En la página 3462, segunda columna, artículo 51, apartado 4, séptima línea, debe entenderse no publicado el párrafo siguiente: «de acuerdo con el procedimiento que se determine en el Reglamento de Infracciones, Sanciones y Medidas Cautelares y, en su caso, con lo establecido en la reglamentación que se recoge en el anexo I» .
En la página 3464, anexo I, materias «emisiones» y «humos» ,cuarta columna, donde dice: «RD 2028/86» ; debe decir: «D 3025/74, RD 2028/86» .
En la página 3469, anexo I, apartado 2. IV, Reglamentación, OM 26-7-94, donde dice: «. . . personas. . .» ;debe decir: «. . . personal. . .» .
En la página 3492, anexo X, apartado 2, línea de luz antiniebla delantera, tercera columna, donde dice: «BLANCO a AMARILLO SELECTIVO» ; debe decir: «BLANCO o AMARILLO SELECTIVO» .
En la página 3497, segunda columna, anexo XI, apartado 4.1, primer párrafo, línea tercera, donde dice: «. . . observación (() .. .» ; debe decir: «. . . observación (a) . . .» . Y en la línea cuarta, donde dice: «. . . entrada (() .. .» ; debe decir: «. . . entrada (b) . . .» .
En la página 3504, segunda columna, en el cuadro de la señal V11 del anexo 11, se suprime la primera línea, que dice: «LAMINA REFLECTANTE. Color: BLANCO NIVEL 2» .
En la página 3505, segunda columna, en el cuadro de la señal V13, del anexo XI, tercera línea, segunda
columna, donde dice: «7130» ; debe decir: «130» . Se suprime la sexta línea, que dice: «Espacio entre letras 20» «29» .Y en la línea séptima, donde dice: «6» «3,5» ;debe decir: «20» «30» , respectivamente.
En la página 3514, primera columna, anexo XVI, apartado I, A) ,c) , segunda línea, donde dice: «. . . Exteriores, autorizando. . .» ;debe decir: «. . . Exteriores, de conformidad con lo establecido en la legislación sobre impuestos especiales, autorizando. . .» .
En la página 3516, primera columna, anexo XVII, apartado I, B) ,4. od) , II, el párrafo 4. odebe entenderse no publicado.
En la página 3520, anexo XVIII, apartado IV, cuadro 1, cuarta línea, sexta columna, donde dice: «5» ;debe decir: «6» . En la séptima línea, novena columna, donde dice: «21,5» ; debe decir: «11,5» . En la decimoctava línea, quinta columna, donde dice: «50» ;debe decir: «60» ; y en la duodécima columna, donde dice: «3» ; debe decir: «8» . En la decimonovena línea, octava columna, donde dice: «70 50» ;debe decir «70 60» . En la vigésima tercera línea, sexta columna, donde dice: «5» ;debe decir: «6» . En la vigésima cuarta línea, segunda columna, donde dice: «280 × 20» ;debe decir: «280 × 200» . En la vigésima quinta línea,
segundacolumna, donde dice: «280 × 20» ; debe decir: «280 × 200» ; y en la sexta columna, donde dice: «5» ; debe decir: «6» .
En la página 3525, anexo XVIII, apartado IV, cuadro 3, en la primera línea debe suprimirse la expresión: «. . . y en el logo.» .

