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Corrección de errores del Reglamento (CE) n.º 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal (Diario Oficial de la Unión Europea L 139 de 30 de abril de 2004), - Diario Oficial de la Unión Europea, de 09-03-2023

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Ambito: DOUE

Órgano emisor: PARLAMENTO EUROPEO Y CONSEJO

Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 71

F. Publicación: 09/03/2023

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea Número 71 de 09/03/2023 y no contiene posibles reformas posteriores

Corrección de errores del Reglamento (CE) n.o 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal

( Diario Oficial de la Unión Europea L 139 de 30 de abril de 2004 )

1) En el considerando 7:

donde dice:

«También permite la simplificación la obligación que impone el Reglamento (CE) no …/2004 * a los operadores de empresa alimentaria en una etapa cualquiera de la producción, transformación o distribución de alimentos posterior a la etapa de la producción primaria y operaciones afines, de instituir, aplicar y mantener procedimientos basados en los principios del análisis de peligros y puntos de control crítico (APPCC).»,

debe decir:

«También permite la simplificación la obligación que impone el Reglamento (CE) no …/2004 * a los operadores de empresa alimentaria en una etapa cualquiera de la producción, transformación o distribución de alimentos posterior a la etapa de la producción primaria y operaciones afines, de instituir, aplicar y mantener procedimientos basados en los principios del análisis de peligros y puntos críticos de control (APPCC).».

2) En el anexo I, punto 2.3:

donde dice:

«2.3. “Acondicionamiento”: el almacenamiento de moluscos bivalvos vivos procedentes de zonas de producción, centros de depuración o centros de expedición de clase A, en tanques o en […]»,

debe decir:

«2.3. “Acondicionamiento”: el almacenamiento de moluscos bivalvos vivos procedentes de zonas de producción de clase A, centros de depuración o centros de expedición, en tanques o en […]».

3) En el anexo II, sección I, apartado A, punto 2:

donde dice:

«2. No obstante, deberá fijarse una nueva marca en el producto si se desembala o se desenvasa o si se somete a una nueva transformación en otro establecimiento […]»,

debe decir:

«2. No obstante, deberá fijarse una nueva marca en el producto si se desembala y/o se desenvasa o si se somete a una nueva transformación en otro establecimiento […]».

4) En el anexo II, sección I, apartado C, punto 12:

donde dice:

«12. En el caso de los productos de origen animal líquidos, granulares o en polvo transportados en grandes cantidades, así como de los productos de la pesca transportados en grandes cantidades, la marca de identificación […]»,

debe decir:

«12. En el caso de los productos de origen animal líquidos, granulares o en polvo transportados a granel, así como de los productos de la pesca transportados a granel, la marca de identificación […]».

5) En el anexo III, sección I, capítulo II, punto 2, letra c):

donde dice:

«c) garantizar la separación, en el espacio y en el tiempo, de las siguientes operaciones:»,

debe decir:

«c) garantizar la separación, en el espacio o en el tiempo, de las siguientes operaciones:».

6) En el anexo III, sección VII, capítulo VI, punto 1:

donde dice:

«1. Las ostras se envasarán y embalarán con la concha cóncava hacia abajo.»,

debe decir:

«1. Las ostras se envasarán o embalarán con la concha cóncava hacia abajo.».

7) En el anexo III, sección VII, capítulo VII, punto 3:

donde dice:

«3. La etiqueta fijada a los embalajes que no sean envases unitarios de venta al […].»,

debe decir:

«3. La etiqueta fijada a los embalajes que no sean embalajes unitarios de venta al […].».

8) En el anexo III, sección VII, capítulo X, Parte I, punto I.5:

donde dice:

«I.5. Descripción de las mercancías | Acuicultura☐ Bancos naturales☐ | • Código NC o Código alfa-3 de la FAO | especie | cantidad | paquete | lote | fecha de recolección | […].»,

debe decir:

«I.5. Descripción de las mercancías | Acuicultura☐ Bancos naturales☐ | • Código NC o Código alfa-3 de la FAO | especie | cantidad | embalaje | lote | fecha de recolección | […].».

9) En todo el documento:

donde dice:

«explotadores de empresa alimentaria»,

debe decir:

«operadores de empresa alimentaria».

10) En todo el documento:

donde dice:

«cubetas»,

debe decir:

«tinas».