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Corrección de errores del Reglamento Delegado (UE) 2021/2026 de la Comisión, de 13 de septiembre de 2021, por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) 2020/592, en lo que atañe a determinadas excepciones de carácter temporal del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo para hacer frente a las perturbaciones del mercado en el sector vitivinícola ocasionadas por la pandemia de COVID-19 y su período de aplicación ( DO L 415 de 22.11.2021 ), - Diario Oficial de la Unión Europea, de 24-02-2022

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Ambito: DOUE

Órgano emisor: COMISION EUROPEA

Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 43

F. Publicación: 24/02/2022

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea Número 43 de 24/02/2022 y no contiene posibles reformas posteriores

Corrección de errores del Reglamento Delegado (UE) 2021/2026 de la Comisión, de 13 de septiembre de 2021, por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) 2020/592, en lo que atañe a determinadas excepciones de carácter temporal del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo para hacer frente a las perturbaciones del mercado en el sector vitivinícola ocasionadas por la pandemia de COVID-19 y su período de aplicación

( Diario Oficial de la Unión Europea L 415 de 22 de noviembre de 2021 )

En la página 2, en el artículo 1, punto 2):

donde dice:

«En el artículo 10, la fecha del 15 de octubre de 2021 se sustituye por la del 15 de octubre de 2022 .»,

debe decir:

«El artículo 10 se sustituye por el texto siguiente:

Artículo 10

Aplicación del incremento temporal de la contribución de la Unión

El artículo 5 bis, el artículo 6, el artículo 7, apartado 2, y el artículo 9 se aplicarán a las operaciones seleccionadas por las autoridades competentes de los Estados miembros a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento y, a más tardar, el 15 de octubre de 2022. ».