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Corrección de errores del Reglamento Delegado (UE) 2025/27 de la Comisión, de 30 de octubre de 2024, por el que se completa el Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo con normas sobre la inscripción en el registro y la protección de las indicaciones geográficas, las especialidades tradicionales garantizadas y los términos de calidad facultativos y por el que se deroga el Reglamento Delegado (UE) n.º 664/2014 (DO L, 2025/27, 15.1.2025), - Diario Oficial de la Unión Europea, de 07-07-2025

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Ambito: DOUE

Órgano emisor: COMISIÓN EUROPEA

Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 90578

F. Publicación: 07/07/2025

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea Número 90578 de 07/07/2025 y no contiene posibles reformas posteriores

Corrección de errores del Reglamento Delegado (UE) 2025/27 de la Comisión, de 30 de octubre de 2024, por el que se completa el Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo con normas sobre la inscripción en el registro y la protección de las indicaciones geográficas, las especialidades tradicionales garantizadas y los términos de calidad facultativos y por el que se deroga el Reglamento Delegado (UE) n.º 664/2014

(Diario Oficial de la Unión Europea L, 2025/27, de 15 de enero de 2025)

En la página 8, en el artículo 9, párrafo primero:

donde dice:

«El pliego de condiciones mencionado en el artículo 54 del Reglamento (UE) 2024/1143 será conciso y deberá superar las 5 000 palabras, salvo en casos debidamente justificados.»,

debe decir:

«El pliego de condiciones mencionado en el artículo 54 del Reglamento (UE) 2024/1143 será conciso y no deberá superar las 5 000 palabras, salvo en casos debidamente justificados.».