Legislación

Corrección de errores del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1213 de la Comisión, de 21 de agosto de 2020, relativo a las medidas fitosanitarias para la introducción en la Unión de determinados vegetales, productos vegetales y otros objetos que han sido retirados del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2019 (DO L 275 de 24.8.2020), - Diario Oficial de la Unión Europea, de 24-02-2025

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Ambito: DOUE

Órgano emisor: COMISIÓN EUROPEA

Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 90153

F. Publicación: 24/02/2025

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea Número 90153 de 24/02/2025 y no contiene posibles reformas posteriores

Corrección de errores del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1213 de la Comisión, de 21 de agosto de 2020, relativo a las medidas fitosanitarias para la introducción en la Unión de determinados vegetales, productos vegetales y otros objetos que han sido retirados del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2019

(Diario Oficial de la Unión Europea L 275 de 24 de agosto de 2020)

En la página 8, en el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1213:

donde dice:

«Vegetales, productos vegetales y otros objetosCódigo NCTerceros países de origenMedidas»,

debe decir:

«Vegetales, productos vegetales y otros objetosCódigo NCTerceros países de origen (1) Medidas

________________________________________

(1) A efectos del presente Reglamento, las referencias al Reino Unido no incluyen a Irlanda del Norte, de conformidad con el Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, y en particular con el artículo 5, apartado 4, del Marco de Windsor [véase la Declaración conjunta n.º 1/2023 de la Unión y del Reino Unido en el Comité Mixto creado por el Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (DO L 102 de 17.4.2023, p. 87)], en relación con el anexo 2 de dicho Marco.».