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Corrección de errores del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/358 de la Comisión, de 4 de marzo de 2020, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1976 en lo que se refiere a las licencias de piloto de planeador ( DO L 67 de 5.3.2020 ), - Diario Oficial de la Unión Europea, de 25-03-2021

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Ambito: DOUE

Órgano emisor: COMISION EUROPEA

Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 104

F. Publicación: 25/03/2021

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea Número 104 de 25/03/2021 y no contiene posibles reformas posteriores

Corrección de errores del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/358 de la Comisión, de 4 de marzo de 2020, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1976 en lo que se refiere a las licencias de piloto de planeador

( Diario Oficial de la Unión Europea L 67 de 5 de marzo de 2020 )

En la página 65, en el anexo III, por el que se añade el anexo III al Reglamento (UE) 2018/1976, parte SFCL, subparte GEN, punto «SFCL.065 Restricción de atribuciones a los titulares de una BPL de 70 años de edad o más para el transporte comercial de pasajeros en planeador», en el título:

donde dice:

«BPL»,

debe decir:

«SPL».

En la página 66, en el anexo III, por el que se añade el anexo III al Reglamento (UE) 2018/1976, parte SFCL, subparte SPL, punto «SFCL.120 BPL-Edad mínima», en el título:

donde dice:

«BPL»,

debe decir:

«SPL».

En la página 66, en el anexo III, por el que se añade el anexo III al Reglamento (UE) 2018/1976, parte SFCL, subparte SPL, punto «SFCL.125 BPL-Piloto en formación», en el título:

donde dice:

«BPL»,

debe decir:

«SPL».

En la página 67, en el anexo III, por el que se añade el anexo III al Reglamento (UE) 2018/1976, parte SFCL, subparte SPL, punto «SFCL.135 BPL-Examen de conocimientos teóricos», en el título:

donde dice:

«BPL»,

debe decir:

«SPL».

En la página 68, en el anexo III, por el que se añade el anexo III al Reglamento (UE) 2018/1976, parte SFCL, subparte SPL, punto «SFCL.140 BPL-Reconocimiento de crédito por los conocimientos teóricos», en el título:

donde dice:

«BPL»,

debe decir:

«SPL».

En la página 73, en el anexo III, por el que se añade el anexo III al Reglamento (UE) 2018/1976, parte SFCL, subparte ADD, punto «SFCL.215 Atribuciones de vuelo entre nubes con planeadores», letra c), punto 2:

donde dice:

«en doble vuelo»,

debe decir:

«en doble mando».

En la página 78, en el anexo III, por el que se añade el anexo III al Reglamento (UE) 2018/1976, parte SFCL, subparte FI «Examinadores de vuelo», en el título:

donde dice:

«SUBPARTE FI»,

debe decir:

«SUBPARTE FE».

En la página 79, en el anexo III, por el que se añade el anexo III al Reglamento (UE) 2018/1976, parte SFCL, subparte FI «Examinadores de vuelo», sección 1, punto «SFCL.410 Realización de pruebas de pericia, verificaciones de competencia y evaluaciones de competencia», letra b), punto 3, inciso v):

donde dice:

«en tanto que examinador»,

debe decir:

«como examinador de vuelo en planeador».

En la página 80, en el anexo III, por el que se añade el anexo III al Reglamento (UE) 2018/1976, parte SFCL, subparte FI «Examinadores de vuelo», sección 2, punto «SFCL.420 Certificado de FE(S) - Requisitos previos y requisitos», letra b):

donde dice:

«FE(B)»,

debe decir:

«FE(S)».

(1) Texto pertinente a efectos del EEE.

ES

Los actos cuyos títulos van impresos en caracteres finos son actos de gestión corriente, adoptados en el marco de la política agraria, y que tienen generalmente un período de validez limitado.

Los actos cuyos títulos van impresos en caracteres gruesos y precedidos de un asterisco son todos los demás actos.