Legislación

Corrección de errores del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/359 de la Comisión, de 4 de marzo de 2020, que modifica el Reglamento (UE) n.º 1178/2011, por el que se establecen requisitos técnicos y procedimientos administrativos relacionados con el personal de vuelo de la aviación civil en virtud del Reglamento (CE) n.º 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 67 de 5.3.2020), - Diario Oficial de la Unión Europea, de 29-05-2024

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Ambito: DOUE

Órgano emisor: COMISIÓN EUROPEA

Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 90307

F. Publicación: 29/05/2024

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea Número 90307 de 29/05/2024 y no contiene posibles reformas posteriores

Corrección de errores del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/359 de la Comisión, de 4 de marzo de 2020, que modifica el Reglamento (UE) n.º 1178/2011, por el que se establecen requisitos técnicos y procedimientos administrativos relacionados con el personal de vuelo de la aviación civil en virtud del Reglamento (CE) n.º 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo

(Diario Oficial de la Unión Europea L 67 de 5 de marzo de 2020)

En la página 98, en el anexo I, punto 55, letra b), por el que se insertan puntos 9 y 10 en el apéndice 6, capítulo A bis, del anexo I del Reglamento (UE) n.o 1178/2011, en punto 10, parte introductoria:

donde dice:

«Los solicitantes de la IR(A) modular basada en competencias que tengan una experiencia de al menos 50 horas de vuelo bajo IFR como piloto al mando en aviones, deberán:»,

debe decir:

«Los solicitantes de la IR(A) modular basada en competencias que sean titulares de una BIR y tengan una experiencia de al menos 50 horas de vuelo bajo IFR como piloto al mando en aviones, deberán:».