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Corrección de errores del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/469 de la Comisión, de 14 de febrero de 2020, por el que se modifican el Reglamento (UE) n.º 923/2012, el Reglamento (UE) n.º 139/2014 y el Reglamento (UE) 2017/373 en lo que respecta a los requisitos para los servicios de gestión del tránsito aéreo y de navegación aérea, el diseño de estructuras del espacio aéreo, la calidad de los datos y la seguridad de las pistas, y se deroga el Reglamento (UE) n.º 73/2010 ( DO L 104 de 3.4.2020 ), - Diario Oficial de la Unión Europea, de 07-04-2022

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Ambito: DOUE

Órgano emisor: COMISION EUROPEA

Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 108

F. Publicación: 07/04/2022

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea Número 108 de 07/04/2022 y no contiene posibles reformas posteriores

Corrección de errores del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/469 de la Comisión, de 14 de febrero de 2020, por el que se modifican el Reglamento (UE) n.º 923/2012, el Reglamento (UE) n.º 139/2014 y el Reglamento (UE) 2017/373 en lo que respecta a los requisitos para los servicios de gestión del tránsito aéreo y de navegación aérea, el diseño de estructuras del espacio aéreo, la calidad de los datos y la seguridad de las pistas, y se deroga el Reglamento (UE) n.º 73/2010

( Diario Oficial de la Unión Europea L 104 de 3 de abril de 2020 )

En la página 26, en el anexo III, punto 3, letra a), en las modificaciones del anexo III del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/373, en el punto ATM/ANS.OR.A.085, letra g):

donde dice:

«g)

garantizar que la información indicada en el punto AIS.OR.505, letra a), se proporcione puntualmente al proveedor de AIS;»,

debe decir:

«g)

garantizar que la información indicada en el punto AIS.TR.505, letra a), se proporcione puntualmente al proveedor de AIS;».

En la página 109, en el anexo III, punto 3, letra b), en las modificaciones del apéndice 1 del anexo III del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/373, en el cuadro «Tipos de datos a los que se refiere la columna 4 Tipo », en la segunda columna de la séptima fila:

donde dice:

«Un valor angular»,

debe decir:

«Un valor lineal».

En la página 148, en el anexo III, punto 5, letra v), en las modificaciones del apéndice 1 del anexo V del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/373, en el cuadro «Intervalos y resoluciones para los elementos numéricos incluidos en los METAR», en la fila «Estado de la pista»:

donde dice:

«Estado de la pista:

Designador de la pista: (ninguna unidad de medida)

01-36; 88; 99

1

Depósitos en la pista: (ninguna unidad de medida)

0-9

1

Grado de contaminación de la pista: (ninguna unidad de medida)

1; 2; 5; 9

-

Profundidad del depósito: (ninguna unidad de medida)

00-90; 92-99

1

Coeficiente de rozamiento o acción de frenado: (ninguna unidad de medida)

00-95; 99

1»,

debe decir:

«Estado de la pista:

Designador de la pista: (ninguna unidad de medida)

-

-

Depósitos en la pista: (ninguna unidad de medida)

-

-

Grado de contaminación de la pista: (ninguna unidad de medida)

-

-

Profundidad del depósito: (ninguna unidad de medida)

-

-

Coeficiente de rozamiento o acción de frenado: (ninguna unidad de medida)

-

-».

En la página 197, en el anexo III, punto 6, en las modificaciones del apéndice 1 del anexo VI del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/373, en la parte 1, título del punto GEN 3.4:

donde dice:

«GEN 3.4 Servicios de comunicaciones»,

debe decir:

«GEN 3.4 Servicios de comunicaciones y navegación».