Legislación

Corrección de errores del Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2454 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022, por el que se establecen normas técnicas de ejecución para la aplicación de la Directiva 2002/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en relación con la presentación de información con fines de supervisión sobre las concentraciones de riesgos y las operaciones intragrupo (DO L 324 de 19.12.2022), - Diario Oficial de la Unión Europea, de 06-03-2024

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Ambito: DOUE

Órgano emisor: COMISIÓN EUROPEA

Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea

F. Publicación: 06/03/2024

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea Número de 06/03/2024 y no contiene posibles reformas posteriores

Corrección de errores del Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2454 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022, por el que se establecen normas técnicas de ejecución para la aplicación de la Directiva 2002/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en relación con la presentación de información con fines de supervisión sobre las concentraciones de riesgos y las operaciones intragrupo

( Diario Oficial de la Unión Europea L 324 de 19 de diciembre de 2022 )

1.En la página 79, en el anexo II, parte II, punto 1.2, en las instrucciones para la línea C, FC0010, relativa a operaciones de seguro/reaseguro:

donde dice:

« “FC0010” será igual a la suma de los importes indicados en “FC0160” en la hoja “FC.04 Seguros-reaseguros”, cuando:

- la entidad indicada en “FC0020” se ha identificado como “sector de seguros”; y

- la entidad indicada en “FC0050” se ha identificado como “sector bancario” o “sector de servicios de inversión” »,

debe decir:

« “FC0010” será igual a la suma de los importes indicados en “FC0160” en la hoja “FC.04 Seguros-reaseguros”, cuando:

- la entidad indicada en “FC0050” se ha identificado como “sector de seguros”; y

- la entidad indicada en “FC0020” se ha identificado como “sector bancario” o “sector de servicios de inversión” ».

2.En la página 79, en el anexo II, parte II, punto 1.2, en las instrucciones para la línea C, FC0030, relativa a operaciones de seguro/reaseguro:

donde dice:

« “FC0030” será igual a la suma de los importes indicados en “FC0160” en la hoja “FC.04 Seguros-reaseguros”, cuando:

- la entidad indicada en “FC0020” se ha identificado como “sector de seguros”; y

- la entidad indicada en “FC0050” se ha identificado como “otra empresa del grupo” »,

debe decir:

« “FC0030” será igual a la suma de los importes indicados en “FC0160” en la hoja “FC.04 Seguros-reaseguros”, cuando:

- la entidad indicada en “FC0050” se ha identificado como “sector de seguros”; y

- la entidad indicada en “FC0020” se ha identificado como “otra empresa del grupo” ».