Legislación

Corrección de errores del Reglamento de Ejecución (UE) 2025/26 de la Comisión, de 30 de octubre de 2024, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las inscripciones en el registro, las modificaciones, las cancelaciones, la ejecución de la protección, el etiquetado y la comunicación en relación con las indicaciones geográficas y las especialidades tradicionales garantizadas, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/34 en lo que respecta a las indicaciones geográficas del sector vitivinícola y por el que se derogan los Reglamentos de Ejecución (UE) n.º 668/2014 y (UE) 2021/1236 (DO L, 2025/26, 15.1.2025), - Diario Oficial de la Unión Europea, de 27-06-2025

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Ambito: DOUE

Órgano emisor: COMISIÓN EUROPEA

Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 90525

F. Publicación: 27/06/2025

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma es una reproducción del texto publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea Número 90525 de 27/06/2025 y no contiene posibles reformas posteriores

Corrección de errores del Reglamento de Ejecución (UE) 2025/26 de la Comisión, de 30 de octubre de 2024, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las inscripciones en el registro, las modificaciones, las cancelaciones, la ejecución de la protección, el etiquetado y la comunicación en relación con las indicaciones geográficas y las especialidades tradicionales garantizadas, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/34 en lo que respecta a las indicaciones geográficas del sector vitivinícola y por el que se derogan los Reglamentos de Ejecución (UE) n.º 668/2014 y (UE) 2021/1236

(Diario Oficial de la Unión Europea L, 2025/26, 15 de enero de 2025)

En la página 63, en el anexo XVII, puntos 1 y 2:

donde dice:

«1. Símbolos de la Unión en color

Cuando se reproduzcan en color, se podrán utilizar colores directos (Pantone) o cuatricromía. Los colores de referencia son los que se indican a continuación.

Símbolos de la Unión en Pantone:

(IMÁGENES OMITIDAS. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)

Símbolos de la Unión en cuatricromía:

(IMÁGENES OMITIDAS. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)

Contraste con los colores de fondo

En caso de que el símbolo resulte difícil de ver debido al color utilizado en el símbolo o en el fondo de este, se usará un círculo de delimitación alrededor del símbolo para su mejor contraste con el color del fondo.

(IMÁGENES OMITIDAS. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)

2. Símbolos de la Unión en blanco y negro

El uso de los símbolos en blanco y negro únicamente se autorizará cuando el blanco y el negro sean los únicos colores de tinta utilizados en el envase.

Cuando se utilicen en blanco y negro, los símbolos de la Unión se reproducirán como sigue:

(IMÁGENES OMITIDAS. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)

Símbolos de la Unión en blanco y negro en negativo

Si el fondo del envase o la etiqueta es oscuro, podrán utilizarse los símbolos en formato negativo como sigue:

(IMÁGENES OMITIDAS. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)

»,

debe decir:

«1. Símbolos de la Unión en color

Cuando se reproduzcan en color, se podrán utilizar colores directos (Pantone) o cuatricromía. Los colores de referencia son los que se indican a continuación.

Símbolos de la Unión en Pantone:

(IMÁGENES OMITIDAS. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)

Símbolos de la Unión en cuatricromía:

(IMÁGENES OMITIDAS. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)

Contraste con los colores de fondo

En caso de que el símbolo resulte difícil de ver debido al color utilizado en el símbolo o en el fondo de este, se usará un círculo de delimitación alrededor del símbolo para su mejor contraste con el color del fondo.

(IMÁGENES OMITIDAS. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)

2. Símbolos de la Unión en blanco y negro

El uso de los símbolos en blanco y negro únicamente se autorizará cuando el blanco y el negro sean los únicos colores de tinta utilizados en el envase.

Cuando se utilicen en blanco y negro, los símbolos de la Unión se reproducirán como sigue:

(IMÁGENES OMITIDAS. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)

Símbolos de la Unión en blanco y negro en negativo

(IMÁGENES OMITIDAS. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)

Si el fondo del envase o la etiqueta es oscuro, podrán utilizarse los símbolos en formato negativo como sigue:

(IMÁGENES OMITIDAS. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)

».